
Una reciente decisión del Gobierno del presidente Gustavo Petro encendió las alarmas en el sistema pensional colombiano y reactivó el debate sobre el futuro de las pensiones, especialmente para quienes cotizan en los fondos privados.
Se trata del Decreto 1485, expedido por el Ministerio de Hacienda, que modifica de forma estructural el mecanismo conocido como deslizamiento del salario mínimo en las pensiones, un cambio que, según el sector, podría alejar a millones de colombianos de la posibilidad de jubilarse.
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El deslizamiento pensional es el mecanismo mediante el cual el Estado cubría el impacto que tiene el aumento del salario mínimo sobre las mesadas de quienes se pensionan con una renta vitalicia.
En la práctica, permitía que las pensiones mínimas se ajustaran cada año al salario mínimo sin que el afiliado tuviera que asumir todo ese costo con su ahorro individual. Sin embargo, con el nuevo decreto, esa carga deja de recaer en el Estado y pasa directamente a los futuros pensionados.
La nueva fórmula del deslizamiento y el mayor capital exigido para pensionarse
De acuerdo con el contenido del decreto, el Gobierno redefinió por completo las reglas vigentes desde 2016 y sustituyó el Título 17 del Decreto 1833.
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A partir de ahora, la cobertura del deslizamiento solo aplicará plenamente a las pensiones que reconozcan exactamente un salario mínimo, mientras que aquellas de hasta dos salarios mínimos solo accederán al beneficio cuando la mesada final coincida con el mínimo legal.
Además, se excluye de forma expresa a quienes hayan accedido a excedentes de libre disponibilidad, al considerar que se trataría de un “doble beneficio”.
Para los fondos privados, el punto más crítico está en la modificación de la fórmula del deslizamiento, que ahora se calculará con base en el mayor valor entre el crecimiento real promedio de la productividad de los últimos diez años o el 35 % del promedio de la inflación anual del mismo periodo.
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Este indicador será definido y publicado cada año por la Oficina de Bonos Pensionales del Ministerio de Hacienda.
Según Asofondos, el gremio que agrupa a los fondos privados de pensiones, este cambio tiene un impacto directo sobre el capital que deben acumular los trabajadores para pensionarse.
“No se cambia la edad en la ley, pero se obliga a trabajar entre 10 y 15 años más”: Asofondos
Su presidente, Andrés Velasco, advirtió en una entrevista para el medio Blu Radio que con las nuevas reglas ya no bastará con reunir alrededor de $350 millones, sino que el monto necesario podría ascender hasta $550 millones, debido a que el afiliado ahora debe asumir el costo del aumento del salario mínimo y la eliminación del respaldo estatal en el deslizamiento.
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“Esto significa que muchos colombianos tendrán que trabajar entre 10 y 15 años adicionales para poder pensionarse”, alertó Velasco, quien sostuvo que la medida fue adoptada sin una discusión técnica amplia con el sector.
A modo de ejemplo, señaló que si el decreto se hubiera aplicado a los 141.000 pensionados recientes, solo cerca de 6.000 habrían cumplido con los nuevos requisitos, dejando por fuera a más del 90 % de quienes lograron jubilarse bajo el esquema anterior.
Asofondos también advirtió que, en la práctica, el decreto equivale a un aumento indirecto de la edad de pensión, pero por vía administrativa.

“No se cambia la edad en la ley, pero sí se eleva tanto el capital requerido que las personas se ven obligadas a trabajar más años por decreto”, explicó el gremio, insistiendo en que el impacto recaerá principalmente sobre los afiliados al Régimen de Ahorro Individual.
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Otro efecto señalado es el impacto sobre los seguros de invalidez y sobrevivencia, cuyos costos, según el sector, superan ahora los topes permitidos por la ley, dejando a muchos trabajadores con menor protección frente a riesgos como accidentes, enfermedades o fallecimiento.
Desde el punto de vista fiscal, Asofondos advirtió que la medida podría presionar los recursos del Fondo de Garantía de Pensión Mínima, que cuenta con cerca de 55 billones de pesos. A largo plazo, esto implicaría mayores obligaciones para el Estado, que tendría que responder por pensiones mínimas cuando el fondo se agote.
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