
La Superintendencia Financiera de Colombia fijó la tasa de usura en 24,36% efectivo anual para enero de 2026, lo que representa una disminución de 0,66 puntos porcentuales en comparación con el dato de diciembre de 2025.
Según informó el diario especializado La República, esta reducción implica que los bancos deberán bajar el techo de los intereses que pueden cobrar por sus préstamos, lo que reducirá el costo de las compras financiadas con tarjeta de crédito durante el primer mes del año.
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La tasa de usura, que actúa como referente legal para los intereses remuneratorios y moratorios en el sistema financiero, define el límite máximo que las entidades de crédito pueden aplicar.
De acuerdo con lo establecido en el Código Penal, cualquier cobro por encima de este tope se considera usurario. Por ello, una disminución en la tasa tiene un impacto directo en el costo del financiamiento para los usuarios, al reducir los cargos asociados a compras a plazos y saldos pendientes.
La Superintendencia también presentó las tasas efectivas anuales diferenciadas según la modalidad de crédito.

El crédito productivo de mayor monto se ubicó en 26,80%. En el segmento productivo, el crédito rural tiene una tasa de 18,65%, mientras que el crédito productivo urbano alcanza 38,49%.
Para el crédito popular, las tasas son más altas: el popular productivo rural llega a 50,88% y el popular productivo urbano se sitúa en 59,83%, lo que refleja el mayor riesgo y costo financiero de estos productos.
Analistas consultados por el medio económico aconsejan a los usuarios cumplir puntualmente con los pagos de sus obligaciones para evitar el impacto de la tasa de usura.
“La tasa de usura solo entra en juego cuando hay mora. Un retraso de apenas 24 horas ya habilita el cobro del interés máximo”, explicó Juan Pablo Vieira, CEO y fundador de JP Tactical Trading.
Agregó que no es recomendable financiar compras de alto valor con tarjeta de crédito, ya que este instrumento es uno de los más costosos en escenarios de tasas elevadas.
Vieira recomendó además activar alertas de pago ofrecidas por las entidades financieras para evitar olvidos y reducir el riesgo de caer en mora por descuido.
La fijación de la tasa de usura para enero busca ofrecer mayor transparencia y protección a los usuarios del sistema financiero, estableciendo límites claros en el cobro de intereses por créditos y compras diferidas.

Qué es la tasa de usura
El Banco de la República explica que la tasa de usura “representa el valor máximo de los intereses remuneratorio o moratorio que puede cobrar un organismo a los agentes de la economía y se construye como 1.5 veces el interés bancario corriente por modalidad de crédito”.
La entidad detalla que el interés remuneratorio corresponde al “retorno pactado por un crédito de capital durante un período determinado”, mientras que el interés moratorio es “la indemnización correspondiente por concepto de retraso según el plazo acordado”.
El cálculo y la certificación de la tasa de interés bancario corriente están a cargo de la Superintendencia Financiera de Colombia, que lo realiza para los tipos de crédito: 1) consumo y ordinario; 2) microcréditos, y 3) consumo de bajo monto “con la información financiera y contable suministrada por los establecimientos de crédito”.

Este cálculo se hace de manera mensual, trimestral y anual, respectivamente.
Según el Banco de la República, “si la Superintendencia Financiera certifica el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 19,16% efectivo anual, teniendo en cuenta la metodología normativa se puede calcular el interés máximo remuneratorio y la tasa de usura del siguiente modo: 19,16% x 1.5 = 28,74%”.
Esto implica que, según explicó el emisor, “el monto máximo que puede cobrar un organismo por concepto remuneratorio o moratorio para un crédito de consumo y ordinario, debe ser inferior o igual al 28,74%, de lo contrario este incurrirá en usura”, concluye la explicación del Banco de la República.
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