
La Superintendencia de Industria y Comercio impuso una sanción de más de 5.300 millones de pesos a la Sociedad de Autores y Compositores de Colombia (Sayco) y a ocho de sus directivos por abusar de su posición de dominio y restringir la gestión individual de derechos patrimoniales de autor.
En la jornada del 26 de noviembre de 2026 emitió un extenso comunicado con “el que se permite aclarar el contenido de su decisión en el caso”, para explicar con detalle de qué se trata la acción, que calificó como una respuesta a “comportamientos objeto de reproche”.
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La decisión quedó consignada en la Resolución No. 90629 del 5 de noviembre de 2025 y fue notificada a los sancionados el 18 de noviembre, aunque es susceptible de recurso de reposición y aún no se encuentra en firme, según informó la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) a través de un comunicado oficial.

El organismo señaló que Sayco, al ser la única sociedad autorizada para gestionar colectivamente los derechos a la comunicación pública de los autores y compositores en Colombia, impidió a los titulares la posibilidad de gestionar individualmente los derechos patrimoniales de sus obras.
“La Superintendencia encontró que la sociedad impuso distintas restricciones injustificadas a los afiliados que decidieran reservarse la gestión de alguna de estas modalidades a la gestión individual”, afirmó la SIC.
Entre esas restricciones, la entidad identificó que quienes optaron por la modalidad individual no podían ser considerados socios, lo que les quitó el derecho a participar en los órganos directivos de Sayco.

El comunicado oficial detalló que la organización exigía a esos afiliados “el deber de asumir la obligación de pagar un 10% adicional de la tarifa cobrada a los socios para la gestión de sus derechos, recursos que se destinaban según Sayco a la financiación de los programas sociales y económicos de la organización, pero cuyos beneficios se les impedía disfrutar al no tener la categoría de socios, creando unos desincentivos claros para quienes optaran por la modalidad de gestión individual”.
Según la Superintendencia, las irregularidades también incluyeron el condicionamiento de la prestación del servicio de gestión colectiva de una modalidad de comunicación pública (como los derechos generados por establecimientos de comercio) a que los autores cedieran a Sayco la administración de todas las formas de comunicación pública (televisión, radio, conciertos y otros usos).
La SIC advirtió que la sociedad, además, “diseñó contratos de mandato que impiden a los autores y compositores ejercer de manera individual las formas de comunicación pública para la gestión individual, e impidió a varios afiliados modificar los contratos existentes para recuperar la gestión individual de algunas de las modalidades de comunicación”.

Además, remarcó: “A pesar de tener la capacidad técnica, no realizó las adecuaciones pertinentes que la SIC le exigió en noviembre de 2016, en una revisión previa, para facilitar la gestión individual por parte de sus afiliados”.
A partir de la investigación administrativa, la SIC concluyó que las conductas descritas “afectaron a los distintos autores y obstruyeron que empresas y empresas especializadas en la gestión individual de derechos patrimoniales pudieran prestar sus servicios a los creadores de música a nivel comercial”.
Las medidas que tomó la Superintendencia en contra de Sayco
La autoridad adoptó medidas adicionales que deben implementarse y acreditarse durante al menos tres años, bajo supervisión estricta. “Estas medidas estructurales y comportamentales están dirigidas a restablecer las condiciones de competencia en el mercado afectado”, enfatizó la entidad.
Las acciones comprenden la modificación de contratos, la comunicación directa a los afiliados sobre la posibilidad de gestión individual y la ejecución de un Programa de Cumplimiento del Derecho de la Competencia, supervisado por la SIC.
Para la Superintendencia, “además de la sanción económica, estas medidas resultan ser esenciales para el correcto funcionamiento de la industria musical”.

El comunicado sostuvo, además: “Esto no solo permitirá la creación de un mercado de remuneración más justa y real a estos titulares, sino que habilitará que compañías con tecnologías innovadoras ofrezcan de manera más eficiente sus servicios de gestión musical, facilitando la labor que desempeñan los artistas”.
El proceso culminó con la expedición de la Resolución No. 90629 del 5 de noviembre de 2025, notificada formalmente y susceptible de recurso.
La SIC reafirmó que, en su compromiso, “hará seguimiento al cumplimiento de las órdenes dadas para velar por un mercado de gestión de derechos patrimoniales de autor más justo, eficiente y favorable para autores, compositores en Colombia”.
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