
Once personas, entre ellas cuatro menores de edad, resultaron heridas al ser arrolladas por un conductor de taxi en el barrio La Sierra, en la localidad de San Cristóbal, al sur de Bogotá.
El responsable, José Eduardo Chalá Franco, de 56 años, admitió su culpabilidad por los delitos imputados, entre los que figuran tentativa de homicidio y lesiones personales dolosas.
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El accidente se registró el 8 de noviembre de 2025, cuando el conductor circulaba bajo los efectos del alcohol y violó la restricción de pico y placa vigente ese día.
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El siniestro dejó 11 personas con lesiones de diversa gravedad. Entre las víctimas se encuentran cuatro menores de edad, de cuatro meses, 7, 12 y 15 años.
Según explicaron las autoridades, dos de estos menores sufrieron trauma abdominal y trauma craneoencefálico severo. La mayoría de los heridos permanece bajo observación médica debido a la gravedad de las lesiones.
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Chalá Franco, que conducía un vehículo de referencia Atos con placa VDW 626, fue capturado en flagrancia tras el accidente. Durante la audiencia ante el juez 45 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, el conductor aceptó los cargos presentados por la Fiscalía General de la Nación.

La imputación incluyó homicidio agravado en grado de tentativa y lesiones personales dolosas, en atención a la gravedad de los hechos y el número de víctimas.
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El estado de salud de los menores heridos ha sido motivo de especial atención. De acuerdo con las autoridades, dos de los niños registran lesiones severas, mientras que los otros afectados continúan bajo vigilancia médica.
La presencia de menores entre las víctimas ha influido en la decisión de mantener la reserva en las audiencias judiciales y en la solicitud de medidas de aseguramiento.
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Las investigaciones iniciales determinaron que Chalá Franco conducía bajo los efectos de bebidas alcohólicas y a exceso de velocidad. El coronel John Silva, jefe de la Seccional de Tránsito y Transporte de Bogotá, explicó que “dentro del desarrollo investigativo se pudo establecer que el conductor de este vehículo se encontraba bajo los efectos de bebidas embriagantes. El dictamen determinó que se encontraba con grado dos de embriaguez”.
Además, el taxi involucrado tenía restricción de movilidad por la medida de pico y placa, ya que ese día solo podían circular vehículos cuyas placas terminaran en 1, 2, 3, 4, 5, 7, 8, 9 y 0, condición que el conductor ignoró.
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El proceso judicial contra Chalá Franco avanza bajo estricta reserva, dada la gravedad de los hechos y la condición de las víctimas.
Las audiencias de legalización de captura e imputación de cargos se realizaron de manera reservada, y la Fiscalía ha anunciado que la solicitud de medida de aseguramiento seguirá el mismo carácter.
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El conductor permanece a disposición de las autoridades mientras se define su situación jurídica.

A cuántos años de cárcel se expone Chalá Franco
En Colombia, cuando una persona conduce bajo los efectos del alcohol y causa la muerte de alguien, puede configurar el delito de Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000) en su modalidad de homicidio culposo agravado, es decir, muerte sin intención directa pero por negligencia o imprudencia.
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En este caso, la ley establece una pena de prisión de 32 a 108 meses (aproximadamente 3 a 9 años) más multa.
No obstante, existe un debate jurídico creciente en Colombia sobre cuando el hecho de conducir ebrio configura no solo culpa, sino dolo eventual, es decir, que el conductor consciente del riesgo asume la posibilidad de matar.
En ese escenario, la pena podría llegar a 208 a 450 meses de prisión (aproximadamente 17 a 37 años).
Así pues, la condena concreta dependerá de factores clave: el nivel de embriaguez, pruebas de que sabía del riesgo, antecedentes, si hay agravantes, qué modalidad se aplica (culpa o dolo eventual), entre otros.
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