
En Medellín, las autoridades de tránsito han reforzado el llamado a los conductores para que apliquen correctamente el protocolo en caso de choques simples, de acuerdo con lo estipulado en la Ley 2251 de 2022.
Esta normativa, promulgada a nivel nacional, busca minimizar las congestiones viales asociadas a incidentes menores, conocidos popularmente como “choques de solo latas”, en los que solo hay daños materiales y no personas heridas. El objetivo es garantizar que la movilidad —concepto clave y pilar de esta ley— no se vea afectada por situaciones que, aunque frecuentes, pueden resolverse de manera ágil y civilizada con la cooperación activa de los conductores.
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La Secretaría de Movilidad enfatizó recientemente: “En nuestro continuo esfuerzo por mejorar la movilidad y la convivencia en las vías de Medellín, te contamos el procedimiento correcto a seguir en caso de un incidente de tránsito que involucre únicamente daños materiales en los vehículos, de acuerdo con lo establecido en la Ley 2251 de 2022”. Bajo este mandato, la responsabilidad recae directamente sobre los conductores implicados, quienes son los llamados a actuar de forma inmediata y diligente.

El principio fundamental es claro: cuando ocurre un choque simple donde únicamente se presentan daños materiales, los ocupantes de los vehículos deben primero constatar que todos estén ilesos. Si, durante este paso inicial, se identifica a alguna persona lesionada, el procedimiento cambia radicalmente y se debe contactar a la línea de emergencia 123 para activar todos los protocolos de atención médica y policial pertinentes.
Si, en cambio, se trata efectivamente de un incidente menor, la ley establece que el siguiente paso es recopilar todas las evidencias antes de mover los vehículos. Los conductores deben documentar la colisión mediante fotografías y videos desde diferentes ángulos, registrando la posición final de los vehículos, el tipo y extensión de los daños, las placas, los datos del entorno (como señales de tránsito o condiciones de la vía) y cualquier otro detalle relevante.
La recolección de información también comprende el intercambio de datos personales y del seguro. Es esencial consignar el nombre completo, número de cédula, teléfono, datos del vehículo (placa, marca, color), así como los datos de la póliza de seguro y la compañía aseguradora correspondiente.

Todo este material probatorio, recogido con la ayuda de herramientas tecnológicas, sustituirá el antiguo Informe Policial de Accidente de Tránsito (Ipat), quedando ahora como única responsabilidad del conductor y las aseguradoras.
Acto seguido, la normativa ordena el retiro inmediato de los vehículos siniestrados de la vía principal. Los automóviles deben ser ubicados en lugares seguros como bahías o vías secundarias, con el fin de no tender bloqueos que perjudiquen la circulación del resto de los usuarios. Esta medida responde a un cambio fundamental en la cultura vial, ya que antes se solía esperar la llegada de un agente de tránsito para autorizar el retiro de vehículos, lo que generaba grandes trancones y demoras.
La Ley 2251 de 2022 contempla también un mecanismo para la resolución de los eventuales desacuerdos entre las partes. Los conductores deben contactar a sus aseguradoras, quienes realizarán las gestiones pertinentes con base en las pruebas recabadas, facilitando el proceso de conciliación fuera de la vía. Si la conciliación no prospera, cualquiera de las partes puede acudir a centros autorizados por el Ministerio de Justicia, sin que sea necesario el informe de accidente ni la presencia de autoridades de tránsito.

No acatar la obligación de despejar la calzada en “choques de solo latas” acarrea sanciones conforme a la infracción C.03 del Código Nacional de Tránsito: «Bloquear una calzada o intersección con un vehículo». Esta conducta será objeto de multa y demás medidas indicadas por los agentes de tránsito, quienes priorizarán la gestión eficiente de la movilidad urbana. La única excepción admitida es la imposibilidad mecánica de mover el vehículo debido a los daños sufridos.
El artículo 143 de la ley subraya que tanto conductores de vehículos asegurados como no asegurados deben contribuir a agilizar el proceso y a no obstaculizar la circulación. Solo restará acudir a instancias de justicia formales si la conciliación extrajudicial fracasa. Se elimina así la exigencia del informe policial para la reclamación de daños materiales, lo que agiliza la gestión y fomenta una mayor autorregulación entre los actores viales.
Desde la Secretaría de Movilidad, se insiste en que la ciudadanía entienda y aplique correctamente este procedimiento, dado su impacto directo en la reducción de tráficos innecesarios y en el fomento de una movilidad más fluida y eficiente para todos en Medellín.
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