
La ley colombiana establece reglas estrictas sobre la permanencia de los hijos en la vivienda familiar y aclara el alcance de la responsabilidad de los padres. Un padre no puede expulsar a su hijo de la casa sin observar las condiciones y procedimientos definidos por el marco legal, bajo riesgo de recibir sanciones administrativas o penales.
En Colombia, la mayoría de edad se alcanza a los 18 años, momento que, según la normativa, marca el término habitual de la obligación alimentaria y de manutención por parte de los padres.
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No obstante, existen dos excepciones incluidas en la Ley 1098 de 2006 (Código de Infancia y Adolescencia) que permiten extender este deber:
- Estudios universitarios, técnicos o tecnológicos: Cuando el hijo demuestra dependencia económica y compromiso académico, la obligación de los padres puede extenderse hasta los 25 años.
- Discapacidad o incapacidad laboral: Si el hijo tiene una condición de salud que le impide trabajar o sostenerse, los padres deberán seguir brindando alimento y vivienda de manera indefinida.
La manutención más allá de los 18 años depende de que los hijos no puedan subsistir por sí mismos, y en todos los casos requiere fundamento legal y prueba de la condición excepcional.

Imposibilidad de expulsar a menores de edad
El marco legal es explícito respecto a la protección de los menores de 18 años. Un hijo menor no puede ser sacado en ningún caso de la vivienda, aunque existan conflictos internos. Si los padres intentan desalojar a un menor de edad sin resolución judicial, pueden exponerse a sanciones graves, entre ellas penas privativas de la libertad y la intervención de entidades como comisarías de familia.
La responsabilidad parental sobre los hijos menores es intransferible y protegida por la normatividad nacional. Los procesos para garantizar el bienestar y la residencia de un menor siempre deben darse a través de la autoridad competente.
Proceso para desalojar a un hijo adulto
Cuando ya no se cumplen las condiciones legales para la manutención y el hijo es mayor de edad, los padres tienen el derecho de pedir la restitución de la vivienda familiar. El paso formal es acudir al proceso judicial estipulado en el artículo 384 del Código General del Proceso.
Este trámite está previsto tanto para arrendatarios como para familiares que se rehúsan a abandonar el domicilio. Para avanzar en el desalojo, los padres deben demostrar ante un juez que el hijo ya no cumple con las excepciones y que su estadía genera perjuicio o afecta la convivencia. La autoridad valora cada caso y, si corresponde, emite un fallo que da vía libre al desalojo con acompañamiento policial.

Sanciones en caso de incumplimiento alimentario
Si un padre, pese a estar obligado, deja de brindar alimentación o alojamiento según lo estipulado por la ley, incurre en delito de inasistencia alimentaria. Esto puede derivar en sanciones como:
- Multa o condena de uno a tres años en establecimiento carcelario.
- Inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, lo que puede bloquear trámites, créditos y desempeño en cargos públicos.
- Embargo de cuentas, bienes o salario, incluso cuando este solo alcance el mínimo legal, con posibilidad de retención de hasta el 50%.
Estas medidas buscan garantizar el cumplimiento efectivo de la cuota alimentaria y la protección del derecho a la manutención.
El fenómeno del “hotel mamá” y la realidad demográfica
Las dificultades para la independencia económica y los altos costos de vivienda hacen que, según datos de la OCDE, el 35% de los jóvenes colombianos entre 20 y 29 años permanezca en el hogar parental. Aun así, la ley colombiana no prevé permisos para la permanencia indefinida de los hijos adultos bajo el techo familiar. Solo las excepciones legales pueden extender ese período, y fuera de ellas los padres no están obligados a mantenerlos o permitir su estadía permanente.
Contratos y acuerdos en el hogar familiar
En algunos casos, el hijo mayor de edad aporta económicamente al hogar. Aunque este hecho puede dar pie a acuerdos internos, como contratos de arrendamiento o comodatos, estas figuras no otorgan un derecho automático de permanencia. Todo acuerdo debe resolverse teniendo en cuenta la propiedad, la solidaridad familiar y la legalidad argentina, siempre sujeto a interpretación judicial cuando aparece un conflicto.

Recomendaciones legales y vías administrativas
Para resolver disputas de convivencia o situaciones de incumplimiento, la autoridad judicial y las comisarías de familia tienen competencia para intervenir. El objetivo es preservar los derechos tanto de los padres como de los hijos, conforme a la ley. No acudir por vía legal y actuar unilateralmente puede implicar sanciones para los padres y vulnerar derechos fundamentales.
El régimen legal colombiano marca límites claros a la manutención y la estadía de los hijos en el hogar familiar. Convivir más allá de esos límites está supeditado a condiciones concretas y supervisión judicial, resguardando el equilibrio entre apoyo familiar y obligaciones parentales.
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