
El procurador general de la Nación, Gregorio Eljach, envió a la Corte Constitucional un concepto de 15 páginas en el que respalda el procedimiento adelantado por la Cámara de Representantes para corregir los vicios de trámite detectados en la reforma pensional.
El documento fue remitido al magistrado Jorge Ibáñez, encargado del caso.

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En su pronunciamiento, Eljach señaló que la actuación de la Cámara se ajustó a lo dispuesto en el comunicado expedido por la Corte, emitido cuando se anunciaron las irregularidades en el trámite.
Según explicó, aunque dicho comunicado tiene carácter informativo, también detalla la parte resolutiva de la decisión, por lo que sus efectos comenzaron a regir desde ese momento, aun sin haberse expedido el Auto 841 que contiene el texto completo.
“De hecho, es así como la Corte busca proteger los principios de legalidad y seguridad jurídica. Sobre esta base, al referirse a los comunicados de prensa, esta misma Corporación haya dejado claro que las decisiones que adopte la Corte en ejercicio del control de constitucionalidad tienen efectos a partir del momento que se adoptan”, expresó Eljach.
El procurador precisó que el comunicado fue notificado por la Secretaría General de la Corte Constitucional a todas las partes e intervinientes, lo que garantiza que no hubo irregularidad en ese proceso. En ese sentido, consideró ajustado a derecho el decreto mediante el cual el Gobierno convocó a sesiones extraordinarias para subsanar los vicios.

“La Corte Constitucional ha sido clara en señalar que las decisiones de la Sala Plena cobran efectos en el momento en el que se adoptan. En esa medida, es irrelevante el medio a través del cual el Gobierno nacional tuvo conocimiento de la decisión, en el entendido que, para los fines prácticos, tanto el comunicado de prensa, como la notificación realizada por la Secretaría General de la Corte cumplían fines informativos y procesales, pero la decisión de la Corte ya había empezado a tener efectos”, indicó el jefe del Ministerio Público.
En el análisis de las sesiones extraordinarias, Eljach afirmó que la convocatoria realizada por el presidente de la Cámara, Jaime Luis Lacouture, fue legítima. A pesar de la premura, aseguró que “no hubo un impacto que afectara los derechos de los parlamentarios, ni tampoco la calidad del trámite legislativo”.
El concepto respalda la interpretación que se dio a la orden de la Corte: retomar el segundo debate de la reforma en el punto exacto donde se discutía la proposición para acoger el texto proveniente del Senado, someterlo a deliberación y votación. De acuerdo con el procurador, las discusiones realizadas los días 27 y 28 de junio fueron “amplias, pausadas y suficientes”.
También sostuvo que, una vez aprobada la proposición presentada por el Pacto Histórico, no era posible considerar modificaciones sobre el texto anterior, pues este había quedado sin vigencia.

“Así mismo, tampoco podía considerar proposiciones que versaran sobre el texto del proyecto de ley anterior, puesto que, con la aprobación de la proposición del Pacto Histórico, la proposición anterior había desaparecido. En consecuencia, no era viable tramitar proposiciones relativas al texto anterior”, se lee en el documento.
Desde el punto de vista fiscal, el Ministerio Público avaló la reforma, basándose en el concepto favorable emitido por el Ministerio de Hacienda.
En su conclusión, Eljach instó a la Corte Constitucional a tener en cuenta que la reforma pensional constituye un paso importante para el país, especialmente para quienes enfrentan condiciones laborales precarias. “El Congreso de la República, en medio de considerables dificultades y un ambiente político caldeado, logró durante los años 2023 y 2024 aprobar una reforma pensional que, aunque no perfecta, representa un avance significativo. Esto se reafirmó con el trámite surtido en los días 27 y 28 de junio de 2025, que demuestra el compromiso institucional con la corrección de los vicios advertidos y con la construcción de un sistema más justo y sostenible”, concluyó.
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