
El debate sobre el alcance de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y la posibilidad de que el expresidente Álvaro Uribe Vélez comparezca ante ese tribunal volvió a la agenda pública tras los recientes comentarios del presidente Gustavo Petro.
Frente a este panorama, el presidente de la JEP, Alejandro Ramelli, intervino para precisar los límites constitucionales y jurídicos sobre la participación de expresidentes en esa jurisdicción.
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Durante el foro El papel de la justicia transicional en la construcción de la paz en Colombia, organizado por la Universidad Externado de Colombia, Ramelli abordó la controversia surgida luego de que el jefe de Estado sugiriera que Uribe podría acudir a este mecanismo especial, lo que generó un fuerte pronunciamiento del exmandatario antioqueño.
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El punto de partida de la discusión fue la condena de primera instancia emitida contra Álvaro Uribe Vélez por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.
Tras conocerse la decisión judicial, el presidente Gustavo Petro publicó en su cuenta de X que “a la JEP puede ir Uribe Vélez”, haciendo referencia a la posibilidad de que el exmandatario aporte información sobre el denominado bloque Metro y, en su criterio, aporte a la verdad sobre el conflicto armado.
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La propuesta fue rechazada tajantemente por Uribe, que cuestionó la autoridad del presidente para realizar tal invitación y aludió a hechos del pasado de Petro, como el indulto recibido por su participación en el M-19.
Uribe, además, exigió explicaciones sobre hechos de corrupción y solicitó que el mismo presidente Petro y el expresidente Juan Manuel Santos respondieran ante instancias judiciales.
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En medio del cruce de declaraciones, Petro respondió en X: “Dije que hiciéramos el pacto de la verdad, estoy dispuesto a que vayamos nosotros dos a la JEP”. Esta afirmación reforzó el debate sobre el alcance y las competencias de la Jurisdicción Especial para la Paz, así como el posible rol de exmandatarios en ese sistema.
Por tal motivo, durante el evento académico desarrollado en la Universidad Externado, Alejandro Ramelli fue consultado sobre la posibilidad real de que Álvaro Uribe acuda o sea llamado por la JEP.
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El magistrado recordó que la jurisdicción transicional tiene un marco constitucional claramente delimitado y que existen impedimentos para que expresidentes comparezcan como sujetos procesales ante el tribunal.

“Parte de la verdad del conflicto armado aún está siendo abordada por la justicia ordinaria, ya que no todo corresponde a la justicia transicional. Como lo señalaba el profesor Andrés González, una buena parte del conflicto armado permanece en el ámbito de la justicia ordinaria. Las disidencias, las disidencias de las disidencias, el ‘clan del Golfo’, el Eln, entre otros actores armados, continúan siendo competencia de esa jurisdicción”, sostuvo Ramelli durante el foro.
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El presidente de la JEP reiteró que no todos los hechos relacionados con el conflicto terminan en esa jurisdicción y, en el caso puntual de los expresidentes, la carta magna es clara al respecto.
“Tampoco están los expresidentes de la República. ¿Por qué? Porque tienen fuero constitucional. Así lo estableció el Acuerdo de Paz y así quedó consignado en la Constitución. Al tener fuero constitucional, la JEP no es competente para juzgarlos”, subrayó Ramelli.
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El magistrado explicó que estos altos exfuncionarios, en caso de tener algún conocimiento relevante, podrían comparecer en calidad de testigos, pero no como comparecientes voluntarios ni sujetos de proceso en la JEP.
Además, recordó que el tribunal sólo es competente sobre hechos ocurridos hasta el año 2016, por lo que cualquier hecho posterior queda fuera de la órbita de la jurisdicción transicional.
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“La competencia de la JEP está limitada a los hechos previos al año 2016. Todo lo que sucedió después no entra dentro de nuestra jurisdicción”, detalló Ramelli, cerrando así la puerta a la posibilidad de que procesos judiciales ligados a hechos distintos sean asumidos por la justicia transicional.
La declaración del presidente de la JEP coincide con la postura de distintos expertos constitucionalistas, que han advertido que una vinculación de un expresidente como compareciente en la JEP solo sería viable si mediara una reforma constitucional específica o si se tratara de hechos previos a 2016 en los que el exmandatario participó de manera directa, siempre y cuando renunciara a su fuero especial y aceptara voluntariamente someterse a la jurisdicción del tribunal, lo que hasta ahora no ha ocurrido.
El pronunciamiento de Ramelli también se alinea con las reglas pactadas en el Acuerdo de Paz de 2016, que estableció la JEP para juzgar hechos graves y representativos del conflicto armado, con un enfoque en quienes participaron como miembros de grupos armados, terceros civiles o agentes del Estado, pero excluyó de manera explícita a los expresidentes investidos de fuero constitucional.
En el ámbito político, la sugerencia de Petro fue interpretada desde distintos sectores como un llamado simbólico a la verdad sobre el conflicto, aunque jurídicamente la propuesta no se sostiene bajo la actual estructura legal de la JEP.
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