
A pesar de que la Secretaría de Movilidad de Cali notificó haber respondido a la solicitud del ciudadano Diego Mauricio Londoño, el Juzgado 23 Civil Municipal de Cali ordenó el arresto por tres días del secretario de Movilidad, Gustavo Orozco, sancionándolo por el presunto desacato a una sentencia de tutela que requería dar respuesta a una petición ciudadana.
Según la sentencia conocida por el medio regional El País, la sanción se fundamenta en que la Secretaría, a través de su titular, supuestamente desatendió los requerimientos judiciales relacionados con una petición radicada el 5 de mayo de 2025.
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De acuerdo con la decisión judicial, el secretario Orozco debe cumplir el arresto en un establecimiento militar o de policía situado en su lugar de residencia.
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En el documento, el Juzgado sostiene que la entidad pública accionada “no ha atendido los requerimientos dados por el Juzgado”, y que la Secretaría de Movilidad, bajo la dirección de Orozco, habría continuado vulnerando el derecho fundamental reclamado por el ciudadano.

La juez titular del Juzgado, Zully Vega Cerón, declaró el desacato de la orden impartida en la Sentencia de Tutela 217-2025, expedida el 16 de junio.
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Esta resolución se originó luego del recurso interpuesto por Diego Mauricio Londoño, quien exigía respuestas sobre varios trámites de tránsito.
A pesar de eso, la juez determinó que el alcalde de Cali, Alejandro Eder, no debía ser objeto de sanción, pues el mandatario local habría desplegado las gestiones necesarias para que Movilidad diera respuesta a la petición, informó El País.
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Además del arresto, la decisión judicial establece una sanción económica de dos salarios mínimos legales mensuales vigentes, equivalentes a 2.874.500 pesos, que Orozco debe cancelar en un plazo máximo de diez días hábiles.
Por su parte, el abogado penalista de la Secretaría de Movilidad de Cali, Gean Carlos Guerrero, indicó en declaraciones a El País que ya se había surtido la notificación de la respuesta solicitada ante el mismo Juzgado antes de conocerse la medida de arresto.
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Guerrero señaló su sorpresa ante la decisión, afirmando que en estos casos judiciales es necesario acreditar una “intención dolosa de incumplir el fallo”, lo que a su juicio no ocurrió. Añadió también que la petición del ciudadano resultaba particularmente compleja, con aproximadamente 50 puntos que involucraron a distintas áreas internas de la Secretaría.
“Nos sorprende que el Juzgado no tiene en cuenta que, siempre que se emite una orden de arresto por una tutela, se debe demostrar una intención dolosa de incumplir el fallo. Y el Juzgado no tiene en cuenta que la petición del accionante tiene 50 puntos a resolver”, comentó el abogado al diario regional.
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En cuanto al fondo de la petición, Guerrero precisó que Londoño requería la revocatoria de varios comparendos y la actualización de sus registros en el Simit, sistema nacional de información de infracciones de tránsito en Colombia. Según el penalista, la Secretaría emitió una respuesta favorable al ciudadano el 11 de julio, dando solución a sus solicitudes, aunque el peticionario consideró que la respuesta no abarcaba la totalidad de los puntos planteados.
Tras la entrega inicial de la respuesta, la Secretaría amplió la información dirigida al ciudadano, como explicó Guerrero a El País. Sin embargo, mencionó que dificultades técnicas en el aplicativo Orfeo, empleado para la gestión documental oficial, impidieron notificar formalmente la ampliación de la respuesta al Juzgado antes de emitirse la sanción. Guerrero sostuvo que esta situación incidió directamente en la imposición de la sanción por desacato.
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Frente a los hechos, la Secretaría de Movilidad sostiene que cumplió con lo dispuesto judicialmente y anunció la espera de un nuevo pronunciamiento por parte del Juzgado.
Según anticipó Guerrero, desde la administración prevén que la autoridad judicial debería “revocar, dejar sin efecto esa orden de arresto y proceder con el archivo del desacato”, lo que podría derivar en la anulación de la sanción impuesta a Orozco.
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