
El presidente Gustavo Petro expresó su inconformidad tras conocerse la petición del Banco de la República dirigida a la Corte Constitucional, en la que la entidad plantea aplazar por tres meses la entrada en vigencia de la reforma pensional si esta es aprobada. En su cuenta de X, el mandatario calificó la acción como un intento más por frenar la iniciativa. “Definitivo: estamos ante una nueva maniobra para no permitir la reforma pensional. Nunca antes visto”, expresó.
En ese sentido, el senador de Cambio Radical, Carlos Fernando Motoa, respondió directamente al mensaje del presidente Gustavo Petro sobre la solicitud del Banco de la República. En su pronunciamiento, negó que existan intenciones de frenar la reforma por vías indirectas. “Nadie está recurriendo a maniobras de ningún tipo”, afirmó.
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Carlos Fernando Motoa, senador por el partido Cambio Radical, contestó al presidente Gustavo Petro luego de que este calificara como una “maniobra” la solicitud del Banco de la República para aplazar la entrada en vigencia de la reforma pensional. Motoa señaló que la situación actual es consecuencia de advertencias previas hechas durante un debate legislativo de 2024, en las que se cuestionó la viabilidad del modelo aprobado.
El congresista insistió en que no hay intención de obstruir la implementación de la ley, sino que los problemas surgidos responden a deficiencias estructurales del proyecto, incluyendo limitaciones de capacidad por parte de las entidades involucradas.
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“No, Presidente @PetroGustavo. Nadie está recurriendo a maniobras de ningún tipo. Lo que está sucediendo con la #ReformaPensional es una consecuencia lógica de lo que muchos advertimos en escenarios como el @SenadoGovCo en 2024, cuando dijimos que el modelo propuesto era insostenible y que entidades como el @BancoRepublica carecían de las capacidades necesarias para asumir las tareas que le fueron dadas por sus aliados”, escribió por medio de su cuenta de X el legislador perteneciente a la Comisión Séptima del Senado de la República.

A su vez, Motoa recordó que estas advertencias no son nuevas y citó una publicación de 2024 en la que ya cuestionaba la decisión de asignar al Banco de la República la administración del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo. En ese momento, el senador alertó sobre los posibles riesgos institucionales y operativos que implicaba esa responsabilidad para el banco central.
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“Entregar el manejo del Fondo del Ahorro del Pilar Contributivo al @BancoRepublica sería tan equivocado como dárselo a @Colpensiones. No sólo porque se desdibujaría la naturaleza del Banco Central, sino porque se pondría en riesgo el manejo de los fondos que ya tiene a su cargo, al rebasar su capacidad técnica y operativa”, comentó en aquella oportunidad el congresista.

Leonardo Villar, gerente general del Banco de la República, envió una petición a la Corte Constitucional solicitando precisiones sobre la aplicación de la reforma pensional, cuyo trámite legislativo fue recientemente devuelto a la Cámara de Representantes para subsanar errores de procedimiento. En su comunicación, el banco central expuso la necesidad de contar con claridad sobre la fecha en que la norma comenzará a regir y sobre la emisión de su reglamentación por parte del Ejecutivo, dado que la ley le encarga la gestión de una “cuenta especial” conocida como Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC).
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“Se solicita a la Sala Plena de la Corte Constitucional considerar la posibilidad de diferir la entrada en vigencia del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de Origen. Común a que se refiere el artículo 94 de la ley, hasta una fecha posterior en al menos tres (3) meses a la publicación de la sentencia que declare la exequibilidad de la ley”, expresó el Banco de la República en su reciente comunicación.

La solicitud fue enviada al magistrado Jorge Enrique Ibáñez, presidente de la Corte Constitucional y encargado del caso, con el objetivo de que el alto tribunal aclare los tiempos establecidos para poner en marcha tanto la reforma pensional como el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte por causas comunes, en caso de que se confirme la constitucionalidad de la Ley 2381 de 2024.
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