
Colombia avanza hacia un sistema pensional más flexible y solidario. Con 97 votos a favor, la Cámara de Representantes aprobó el 28 de junio el texto definitivo de la Reforma Pensional, un documento que fue devuelto por la Corte Constitucional por errores en el trámite legislativo. El nuevo articulado no solo ratifica los pilares fundamentales de la transformación del sistema, también introduce una novedad que captó la atención de muchos hogares, la posibilidad de cotizar en pareja para acceder a una pensión conjunta.
Este modelo, conocido como pensión familiar, permitirá a dos personas sumar sus semanas de cotización y sus ahorros para acceder juntos a una mesada. Está pensado para quienes, por separado, no alcanzan los requisitos necesarios para pensionarse, pero que en conjunto podrían cumplirlos. La medida será implementada a través de Colpensiones, y busca ser una respuesta concreta a las dificultades que enfrentan miles de colombianos, especialmente en hogares con ingresos bajos o inestables.
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Según lo aprobado por el Congreso, el esquema estará disponible para parejas que hayan convivido durante al menos cinco años antes de cumplir los 55, y que estén afiliadas al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad. Además, deberán acreditar una suma conjunta de al menos 1.300 semanas cotizadas y encontrarse registradas en la misma Administradora de Fondos de Pensiones (AFP). En caso de estar en diferentes entidades, será necesario unificar sus cuentas.
Uno de los puntos clave es que esta pensión familiar no será acumulable con otras mesadas ni con ayudas estatales. Su valor tampoco superará el salario mínimo legal vigente. “El Estado promoverá el uso de los mecanismos de ahorro periódico o esporádico para lograr el cumplimiento de los requisitos habilitantes para el reconocimiento de la pensión familiar”, dice uno de los apartados de la reforma. En otras palabras, no habrá doble mesada para las parejas, se trata de una sola pensión compartida.
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Además, si la pareja se separa después de haber accedido al beneficio, la figura desaparece. Ninguno de los dos podrá volver a postularse a este esquema con una nueva unión, incluso si la formaliza legalmente. En ese escenario, si la pensión fue contratada como renta vitalicia, se dividirá en partes iguales entre los excónyuges o ex compañeros permanentes.

Otro de los requisitos esenciales es contar con el capital suficiente para financiar la pensión conjunta, lo que incluye haber cancelado los bonos pensionales y las cuotas partes correspondientes. En caso de que los ahorros no alcancen para cumplir este requisito, los aportes podrán sumarse para optar por la garantía de pensión mínima, siempre y cuando se hayan agotado primero los recursos individuales de ambos.
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Para acceder a este beneficio, las parejas deberán seguir varios pasos. Lo primero será verificar que ambos se encuentren en el mismo régimen y en la misma AFP. Luego, deberán certificar la duración de la relación y cumplir con los límites de edad establecidos. También será necesario acreditar los pagos obligatorios y presentar una solicitud formal ante la administradora. En caso de fallecimiento de uno de los miembros, el sobreviviente deberá informar a la entidad en un plazo máximo de 30 días, si desea mantener el beneficio.

La pensión familiar representa un cambio significativo en el panorama pensional del país, al introducir una fórmula más colaborativa que reconoce la realidad económica, social y laboral de muchos hogares colombianos, especialmente aquellos con trayectorias informales o ingresos bajos. Aunque todavía falta para que entre en vigencia, la aprobación en la Cámara marca un paso firme, contundente y esperanzador hacia un modelo pensional, aparentemente más inclusivo, justo y adaptado a las necesidades actuales.
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