
La magistrada del Consejo Nacional Electoral (CNE), Alba Lucía Velásquez, cuestionó públicamente la falta de consulta interna en el organismo antes de emitir comunicados sobre la investigación a la campaña presidencial de Gustavo Petro en 2022.
En entrevista con W Radio, señaló que el presidente del CNE actuó sin consensuar con los demás magistrados al anunciar la continuación del proceso, a pesar del pronunciamiento de la Corte Constitucional que limita la competencia del tribunal en estos casos.
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Velásquez afirmó que las comunicaciones oficiales del CNE se han realizado sin la participación del pleno, lo que ha generado tensiones internas.
Indicó que, en su criterio, este proceder contraviene el principio de supremacía constitucional y recordó que las decisiones de la Corte Constitucional deben cumplirse de manera obligatoria por todas las autoridades, incluidos el CNE y la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes.
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La Corte Constitucional ya había determinado que el CNE no tiene competencia para investigar al presidente en ejercicio, dado su fuero especial. En consecuencia, esa tarea recae en la Comisión de Acusaciones. “La Corte claramente ya dijo que nosotros no somos competentes”, dijo Velásquez, y agregó que no puede dejarse duda alguna sobre si el CNE continuará o no investigando a Petro.

Sin embargo, aclaró que esto no implica detener las investigaciones contra otros posibles responsables. Reiteró que se debe continuar con los procesos contra integrantes del equipo de campaña, partidos políticos como Colombia Humana y Unión Patriótica, y demás personas jurídicas vinculadas.
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En sus palabras, “debe investigarse y tomarse decisiones de sancionar o no de acuerdo al material probatorio”.
Velásquez también insistió en que el CNE debe actuar con mayor transparencia y claridad ante la ciudadanía, especialmente tras el fallo constitucional.
Recordó que, una vez notificada la sentencia, el CNE tiene cinco días para remitir toda la documentación relacionada con el presidente a la Comisión de Acusaciones, entidad que será la única encargada de tomar decisiones al respecto.
La magistrada indicó que el resto de indagaciones sí pueden continuar bajo competencia del CNE, incluyendo a individuos cercanos a la campaña y agrupaciones políticas involucradas en la financiación electoral.
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También denunció que los comunicados institucionales recientes fueron elaborados sin consulta a los demás magistrados, y subrayó la necesidad de reformar esa práctica para garantizar una posición unificada.
Además, enfatizó que la investigación no se suspende, sino que cambia de autoridad competente según el fuero del implicado. “La investigación no se detiene”, puntualizó, subrayando que el respeto a la delimitación de competencias fortalece la legalidad de los procesos.
El medio mencionado recogió que la magistrada resaltó la obligatoriedad de las sentencias constitucionales, las cuales garantizan el respeto al debido proceso en un Estado social de derecho.
También hizo un llamado para mejorar las prácticas de deliberación interna en el CNE, a fin de que las posturas institucionales reflejen un consenso real entre los magistrados.
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La controversia se produce en el contexto de las pesquisas sobre presuntas irregularidades en los topes de financiación de la campaña del Pacto Histórico en 2022. El pronunciamiento de la Corte ha redefinido las competencias del CNE, al excluirlo de decisiones que involucren al jefe de Estado, lo que obliga a ajustar su actuación a estos límites.

Velásquez concluyó que garantizar la aplicación estricta de los fallos constitucionales y respetar las normas internas de deliberación son pilares fundamentales para mantener la independencia del tribunal electoral y la confianza ciudadana en el control del financiamiento político.
“... Deberá entonces hacer dos cosas, el Consejo Nacional o los ponentes, más bien: Remitir el expediente a la cámara a la Comisión de Acusaciones de la Cámara y seguir la investigación que con respecto a los demás sujetos procesales, que esa en ningún momento se ha suspendido”.
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