
Mientras avanzaba la jornada legislativa, los representantes completaron la cifra necesaria para conformar el quorum decisorio en la plenaria de la Cámara de Representantes.
Con la presencia necesaria de los congresistas, el recinto inició la fase de discusión dirigida a corregir las irregularidades de procedimiento detectadas en el trámite de la Reforma Pensional.
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Según informaron medios nacionales, este avance resultó crucial después de más de dos horas de espera desde el inicio de la sesión, que había generado expectativa entre diversos sectores políticos y sociales.
Las autoridades parlamentarias señalaron que la plenaria abrió formalmente la definición del orden del día, paso esencial para abordar los temas pendientes entre los que se encuentra la discusión sobre cómo enmendar los llamados “vicios de trámite” que afectaron el proceso de la Reforma Pensional.

La Cámara de Representantes, responsable de deliberar y votar las reformas estructurales propuestas por el Gobierno, se encuentra en un momento clave del debate, en el cual la atención pública recae sobre el curso de este controversial proyecto.
Así va la reforma pensional
La reforma pensional en Colombia, sancionada como la Ley 2381 de 2024, fue suspendida por la Corte Constitucional el 18 de junio de 2025, a pocos días de su entrada en vigor prevista para el 1 de julio del mismo año.
La decisión se basó en la identificación de vicios de procedimiento durante su trámite legislativo, específicamente la aprobación del texto del Senado por parte de la Cámara de Representantes sin el debate reglamentario correspondiente.
Como resultado, el Congreso tenia un plazo de 30 días hábiles para corregir el trámite, dejando en suspenso la implementación del nuevo sistema pensional.
El inicio de actividades para hacer su respectiva discusión inició el 28 de junio, a las 10 a. m.
Estructura del nuevo sistema pensional
La reforma propone un modelo de cuatro pilares:
- Pilar solidario: Otorga una renta básica mensual de $225.000 a adultos mayores en condición de pobreza extrema que no lograron cotizar al sistema.
- Pilar semicontributivo: Dirigido a personas que realizaron aportes intermitentes y no alcanzaron las semanas requeridas para una pensión completa. Ofrece una renta vitalicia financiada con los aportes realizados y un subsidio estatal del 20% para hombres y 30% para mujeres.

- Pilar contributivo: Obliga a cotizar en Colpensiones por ingresos hasta 2,3 salarios mínimos mensuales. El excedente debe ser aportado a una Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (Accai), como Porvenir, Protección, Colfondos o Skandia.
- Pilar de ahorro voluntario: Permite a los trabajadores realizar aportes adicionales para incrementar su pensión futura.
Cambios en requisitos y beneficios
La edad de jubilación se mantiene en 62 años para hombres y 57 para mujeres. Sin embargo, se reduce el número de semanas requeridas para las mujeres a 1.000, con la posibilidad de descontar 50 semanas por cada hijo, hasta un máximo de tres. Además, se establece una “ventana pensional” que permite a quienes estén a menos de 10 años de la edad de jubilación trasladarse entre regímenes, previa doble asesoría.
Controversias y desafíos
La reforma ha generado críticas por parte de sectores de la oposición y expertos, quienes cuestionan su sostenibilidad fiscal y la capacidad operativa de Colpensiones para asumir un aumento significativo en el número de afiliados.

Además, se han presentado denuncias de corrupción en el trámite legislativo, lo que ha motivado investigaciones por parte de la Fiscalía General de la Nación y la Corte Suprema de Justicia.
Con la suspensión de la reforma, el Congreso deberá corregir los vicios de procedimiento identificados por la Corte Constitucional. Mientras tanto, los 85.000 colombianos que ya se trasladaron de fondos privados a Colpensiones conservarán su decisión, debido a la vigencia parcial de algunos artículos de la ley.
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