
La Delegatura para la Protección de la Competencia de la SIC identificó material probatorio que indicaría que EPM y Dispac habrían implementado procedimientos tendientes a restringir la competencia de manera continua y reiterada.
Estos hechos habrían ocurrido durante distintos procesos contractuales adelantados por ambas empresas de servicios públicos domiciliarios, lo que podría constituir una vulneración a la prohibición general establecida en el artículo 1 de la Ley 155 de 1959.
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Entre las conductas investigadas, la SIC señaló que tanto EPM como Dispac habrían impedido la participación de diversos oferentes en los procesos de selección, a pesar de que estos contaban con las condiciones necesarias para presentar propuestas competitivas.
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En el caso de EPM, la Delegatura documentó que en determinados concursos se establecieron al menos dos requisitos: cobrar una suma de dinero a los interesados para obtener el derecho de participar y restringir la presencia de estructuras plurales, como consorcios o uniones temporales.

Además, se limitaron aspectos como el número de integrantes aceptados, el porcentaje mínimo de participación para cada uno y las condiciones de responsabilidad aplicables.
La supuesta conducta de EPM impactó al menos 24 procesos de contratación relacionados con el suministro o la construcción de obras públicas, entre 2020 y 2023, con un valor acumulado que supera el billón de pesos colombianos.
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Respecto a Dispac, la Delegatura identificó que en ciertos procedimientos se habrían establecido condiciones semejantes, como el pago obligatorio para acceder al proceso y restricciones a la cantidad de integrantes en consorcios o uniones temporales.
La SIC mantiene en curso la investigación para determinar si las prácticas señaladas configuran una infracción contra la libre competencia y la normatividad vigente en materia de contratación pública.

Canal de pagos digitales de EMA y EPM fueron suplantados por delincuentes
El sábado 24 de mayo, Empresas Públicas de Medellín (EPM) informó que detectó una vulnerabilidad tecnológica en sus sistemas de pago digital, a través de la suplantación de su página web oficial de facturación.
De acuerdo con lo informado oficialmente por la empresa,personas inescrupulosas habrían dirigido los pagos de los clientes a una cuenta bancaria de un tercero, afectando potencialmente a los usuarios.
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“Durante el transcurso de este día se ha identificado que, desde ayer viernes 23 de mayo, personas inescrupulosas suplantaron la página facturaweb.epm.com.co, dirigiendo los pagos de los clientes y usuarios a una cuenta bancaria de un tercero”, detalló EPM en un comunicado oficial.

La empresa precisó que, aunque ya se ha identificado la vulnerabilidad,aún está bajo análisis para determinar sus causas exactas.
Como medida preventiva, EPM anunció que, para proteger la seguridad de sus usuarios, deshabilitó temporalmente los canales de pago a través de su sitio web, la plataforma Ema y la aplicación móvil EPM. La desactivación de estos servicios permanecerá vigente hasta que se pueda asegurar que la amenaza ha sido completamente eliminada.
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“Esta vulnerabilidad tecnológica se identificó y se encuentra bajo control y análisis para identificar sus posibles causas. Sin embargo, como medida preventiva y priorizando la seguridad de nuestros clientes y usuarios, mantendremos deshabilitados nuestros canales de pago a través del sitio web de EPM, el módulo de factura en Ema y en la App EPM, hasta tener la certeza de que esta amenaza ha sido eliminada en su totalidad”, precisó la compañía.
Mientras se resuelve la situación, EPM sugirió a sus clientes realizar los pagos de sus facturas a través de los canales físicos autorizados, tales como puntos de pago en establecimientos comerciales. De esta forma, se busca minimizar cualquier riesgo adicional relacionado con los pagos digitales.
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La empresa también recordó a sus usuarios que los pagos realizados a través de las plataformas digitales habilitadas por EPM siempre requerirán la autenticación mediante usuario y contraseña.
Además, enfatizó que en ningún caso las transacciones digitales deberían llevar a pagos mediante códigos QR de entidades bancarias, tarjetas débito, crédito o billeteras digitales.
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