
Un fallo reciente del Tribunal Administrativo de Santander suspendió temporalmente la restricción del parrillero en motocicleta en los municipios de Bucaramanga, Floridablanca, Girón y Piedecuesta, ubicados en el área metropolitana de Bucaramanga.
Esta decisión responde a una acción de tutela presentada por un motociclista de Girón, quien argumentó que la medida afectaba su derecho a la libre movilidad.
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A pesar de la suspensión, el Tribunal determinó que no se descartará la aplicación futura de estas restricciones, dependiendo de estudios técnicos que las sustenten adecuadamente.
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El caso tuvo su origen en una sentencia del pasado 13 de junio, cuando los magistrados decidieron anular una orden previa del Juzgado 15 Administrativo de Bucaramanga.
Conforme a la resolución judicial, dicho juzgado deberá emitir en el plazo de un mes una nueva decisión respecto a las medidas de restricción para acompañantes en motocicletas.
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Según explicó el Tribunal, es fundamental que las autoridades municipales presenten estudios técnicos que justifiquen “las zonas y horarios donde debe aplicarse la restricción”, además de identificar si esta debería dirigirse a un grupo poblacional específico y ofrecer sustento para tal diferenciación.
“Si no se elabora el estudio requerido, será el juzgado accionado quien dispondrá la adopción de medidas de restricción de parrillero o acompañante”, indica la determinación judicial.
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Esto significa que la suspensión es temporal y que las restricciones podrán reinstaurarse dependiendo de los resultados y las justificaciones de los análisis solicitados.
El contexto de esta polémica medida está ligado tanto a la necesidad de reforzar la seguridad en el área metropolitana como a las quejas de sectores de la ciudadanía.
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De acuerdo con los actos administrativos previamente emitidos, la restricción al parrillero fue implementada como un intento por controlar situaciones delictivas y problemas de orden público, aunque voces contrarias argumentan que la medida afecta desproporcionadamente a quienes dependen de las motocicletas como principal medio de transporte.

Además, el Tribunal determinó que su orden solo tiene alcance sobre la decisión emitida por el Juzgado 15 Administrativo, y no afecta los decretos que cada municipio de la región haya emitido por separado.
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Esto implica que las regulaciones locales respecto al acompañante en motocicletas siguen siendo vigentes, aunque podrían modificarse dependiendo de los resultados de los estudios requeridos por el Tribunal.
El fallo también establece un plazo de un mes para que las autoridades locales desarrollen y presenten estudios técnicos que sustenten la necesidad y proporcionalidad de las restricciones impuestas al uso del parrillero en motocicletas.
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La finalidad es que, una vez cumplido ese requisito, se pueda determinar si las medidas deben mantenerse, ajustarse o eliminarse, considerando no solo razones de seguridad sino también los derechos de movilidad y trabajo de los ciudadanos.
Hasta el momento, la Dirección de Tránsito de Bucaramanga no ha emitido un pronunciamiento oficial sobre el fallo del Tribunal ni ha dado indicios sobre posibles cambios inmediatos en la regulación.
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Aunque se espera que en las próximas semanas, y antes del vencimiento del plazo judicial, se dé a conocer una posición institucional, junto con los resultados de los estudios solicitados.

El caso ha reavivado el debate público sobre el uso del parrillero en Bucaramanga y municipios cercanos como Floridablanca, Girón y Piedecuesta, donde la medida ha sido aplicada históricamente como un mecanismo para prevenir hechos delictivos.
Sectores ciudadanos, especialmente los gremios de mototaxistas y trabajadores informales que dependen del transporte en motocicleta, han manifestado reiteradas veces su oposición a estas restricciones por considerar que afectan de manera desproporcionada sus actividades económicas y derechos de movilidad.
La decisión del Tribunal no anula todas las restricciones existentes, pero sí marca un precedente relevante al exigir un sustento técnico claro para su aplicación.
En ese sentido, lo que se defina en el plazo establecido por la justicia será clave para determinar si se mantiene el esquema actual de restricciones o si se avanza hacia una reglamentación diferenciada que responda a criterios de seguridad y proporcionalidad.
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