
El decreto con el que el presidente Gustavo Petro busca convocar una consulta popular sigue dividiendo al país y alertando a la oposición. El expresidente de Colombia y líder del Partido Liberal, César Gaviria, expresó su rechazo a la expedición del decreto, asegurando que el Gobierno está desconociendo al Senado de la República, que ya rechazó la propuesta.
“Con este decreto, el presidente y los ministros que lo firmaron atropellan al Senado, se arrogan facultades de la administración de justicia, y pretenden suspender la aplicación de la Constitución desde hoy hasta el 7 de agosto al sostener que su decreto es intocable porque únicamente la Corte Constitucional puede controlarlo, pero ella solo puede pronunciarse después de la votación de la consulta popular”, precisó en un comunicado.
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El ex jefe de Estado indicó, además, que el documento no añade el concepto favorable que debe tener la consulta popular, emitido por el Senado de la República. Este requisito está expuesto taxativamente en el artículo 104 de la Constitución Política, pero el Gobierno no lo aplica, bajo el argumento de que el Senado jamás se pronunció sobre la conveniencia de la convocatoria del mecanismo de participación ciudadana, pero los senadores sí dieron a conocer su postura, negando la consulta.

En ese sentido, Gaviria pidió al registrador Nacional, Hernán Penagos, aplicar una excepción para poder restablecer el respeto por la Constitución Política, presuntamente vulnerado por el primer mandatario. “El decreto es tan grotesco, que no le deja al Registrador Nacional camino diferente a aplicarle la excepción de inconstitucionalidad por ser manifiestamente violatorio del artículo 104 de la Constitución”, detalló.
Petro defendió decreto y su fundamentación
Sin embargo, de acuerdo con el jefe de Estado, el cuestionado decreto está soportado en argumentos que ya habían sido utilizados por el exmandatario cuando fue dirigente de Colombia (1990-1994) y propuso llevar a cabo una asamblea nacional constituyente.
“Es precisamente letra a letra con los mismos argumentos y palabras con los que el expresidente Cesar Gaviria presentó su decreto para convocar la asamblea nacional constituyente, los que hemos puesto en el decreto de convocatoria de la Consulta Popular”, aseveró.

En otra publicación, explicó que la Corte Suprema aceptó el decreto expedido en su momento por Gaviria, al considerar que la asamblea nacional constituyente era una “expresión de la soberanía popular”, independientemente de si era aprobada o no por el Congreso de la República. Según indicó, esto iba en contra de la Constitución Política de 1886, que ordenada un concepto favorable de los legisladores.
Desde la perspectiva del presidente Gustavo Petro, con la consulta popular que plantea está pasando lo mismo: el Senado la negó, pero, a su juicio, eso no debería ser un impedimento para convocarla. Por eso, expidió el cuestionado decreto, firmado por 19 ministros y ministras, el cual será evaluado por la Corte Constitucional.
“Ahora que solo pido consultar a la población sobre las normas de sus relaciones laborales, y lo hago pasando por el senado, y de acuerdo a la ley, dicen que soy un dictador. Lo que odian es que el pueblo decida, porque quieren que sigan unas relaciones laborales propias del siglo XIX y del neoesclavismo”, aseveró.

Por otra parte, defendió su decreto basándose en la Sentencia 138 de 1990 de la Corte Suprema de Justicia, mediante la cual declaró constitucional el Decreto 1926 de 1990 (por el cual se dictaron medidas tendientes al restablecimiento del orden público, y ordenó a la Organización Electoral tomar medidas para que los ciudadanos pudieran corcovar una Asamblea Constitucional.
Petro sacó cinco conclusiones de lo decretado en la mencionada sentencia:
- Reafirma la soberanía popular como fuente directa del poder constituyente.
- Reconoce que el constituyente primario (la ciudadanía) no puede ser subordinado al poder constituido.
- Valida la expresión política del pueblo como acto con valor jurídico.
- Destaca la primacía del principio democrático en contextos de crisis.
- Concluye que la jerarquía del constituyente originario está por encima de los procedimientos ordinarios de reforma.

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