El Juzgado Segundo del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Bogotá emitió un fallo contundente el 28 de abril de 2025: declaró ilegales las medidas cautelares impuestas por la Fiscalía General de la Nación sobre cuatro sociedades vinculadas con la operación de los restaurantes Sushi Market en Colombia.
Esta decisión obliga a las autoridades a revertir los embargos y devolver el control de las empresas a sus propietarios, aunque se mantiene una restricción: los dueños no podrán disponer de los bienes mientras el proceso de extinción de dominio continúe.
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La medida beneficia a las sociedades Grupo SM S. A. S., Distrito Oriental S. A. S., Holding JA2 S. A. S. y Takara S. A. S., que habían sido intervenidas por orden de la Fiscalía 42 de Extinción de Dominio el 31 de mayo de 2024, tras el escándalo judicial que rodeó la captura del empresario Julio Andrés Murillo Figueroa, conocido como “El Capo del Sushi”.
La intervención del ente acusador se basó en la presunción de que Murillo utilizaba estas empresas para lavar dinero producto del narcotráfico. Según las autoridades españolas, Murillo habría tenido nexos con la organización criminal de Jorge Iván González Ramírez, alias Jota Firma, dedicada a enviar cocaína colombiana a Europa. La detención del comerciante se produjo en Rionegro, Antioquia, el 22 de febrero de 2024, en cumplimiento de una circular roja de Interpol emitida por solicitud de la justicia de España, que aún espera su extradición.
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Tras su captura, la Fiscalía emprendió un rastreo de activos en Colombia y detectó vínculos entre Murillo y las mencionadas sociedades, lo que derivó en la imposición de medidas como el embargo, el secuestro y la toma de posesión de los restaurantes Sushi Market en distintas ciudades del país. Los bienes fueron puestos bajo la administración de la Sociedad de Activos Especiales (SAE).
Sin embargo, la defensa de los empresarios, liderada por la firma Zuluaga & Hernández Attorney’s Enterprise, solicitó al juzgado un control de legalidad sobre las medidas impuestas. Argumentaron que las acciones de la Fiscalía se apoyaban en seis informes de policía judicial que carecían de fundamentos probatorios sólidos para establecer un vínculo directo entre las empresas y las actividades ilícitas de Murillo.
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“El soporte de las medidas son 6 informes de policía judicial, los cuales contienen datos de los bienes y los titulares de las propiedades afectadas, pero no permiten advertir el vínculo probable de la actividad ilícita con los bienes cuestionados”, explicó la defensa, según conoció El Colombiano.
Además, precisaron que “los informes recopilados en la fase inicial no tienen la potencialidad de demostrar que Julio Murillo Figueroa se lucró presuntamente con actividades al margen de la Ley, ni mucho menos establecen cómo logró ingresar las ganancias de esa actividad ilícita al país”.

Otro punto clave en la argumentación fue que Murillo había vendido sus acciones en las empresas desde 2021, cuando ya residía en España, lo que en opinión de la defensa demostraba que no tenía control sobre las operaciones al momento de su captura ni cuando se ejecutaron los embargos.
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El juzgado acogió estos argumentos y concluyó que la Fiscalía no presentó pruebas que justificaran las medidas de embargo, secuestro y toma de posesión. En consecuencia, ordenó la restitución inmediata de las sociedades a sus propietarios, revocando la administración provisional de la SAE.
Restricción parcial y plazo para apelar
Aunque se anularon las principales medidas cautelares, el juez mantuvo vigente la “suspensión del poder dispositivo”, lo que significa que los propietarios no podrán vender ni enajenar las empresas mientras continúa el proceso de extinción de dominio.

Por su parte, la Fiscalía tiene un plazo de tres días hábiles para apelar la decisión del juzgado. Hasta el momento, no se ha confirmado si el ente acusador recurrirá al recurso, pero fuentes cercanas indicaron que se está evaluando la viabilidad jurídica de insistir en el proceso.
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Julio Andrés Murillo Figueroa permanece detenido en la cárcel La Picota de Bogotá, a la espera de su extradición a España, aprobada ya por la Corte Suprema de Justicia.
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