A partir de la segunda semana de abril de 2025, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) pondrá en marcha un servicio que permitirá generar facturas electrónicas utilizando únicamente el tipo y número de documento del comprador.
Esta medida, establecida en la Resolución 000202 de 2025, busca optimizar los procesos de facturación y eliminar barreras que han dificultado su implementación en el país.
Según informó la Dian, esta herramienta permitirá completar automáticamente datos como el nombre o razón social y el correo electrónico del comprador, sin necesidad de solicitar información adicional.
Este avance estará disponible tanto para quienes utilicen el Servicio de Facturación Gratuita de la Dian como para aquellos que operen con software propio o a través de proveedores tecnológicos.
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El director general (e) de la Dian, Luis Eduardo Llinás Chica, destacó que esta iniciativa responde al compromiso de la entidad con la modernización de la administración tributaria. Según explicó, el nuevo servicio busca eliminar obstáculos como la solicitud excesiva de datos y los retrasos en la expedición de facturas electrónicas, problemas que han afectado tanto a los responsables de facturar como a los consumidores.
“La implementación de este servicio no solo refleja el compromiso de la entidad con la modernización de la administración tributaria y la optimización de los procesos, sino que, además, responde a la necesidad de eliminar obstáculos que han sido identificados al momento de la expedición de la facturación electrónica”, afirmó Llinás Chica.
El nuevo sistema requerirá que los facturadores electrónicos que utilicen software propio y los proveedores tecnológicos realicen ajustes en sus plataformas para integrar esta funcionalidad.
De acuerdo con la Dian, estos actores deberán garantizar que sus sistemas puedan completar automáticamente los datos del comprador a partir de su número de cédula, agilizando así el proceso de generación de facturas.
Por otro lado, el Servicio de Facturación Gratuita de la DIAN incorporará de manera inmediata esta herramienta una vez que sea desplegada, lo que permitirá a los usuarios de este servicio beneficiarse de las mejoras sin necesidad de realizar modificaciones adicionales.
La implementación de esta herramienta es el resultado de un esfuerzo conjunto entre la Dian y la Superintendencia de Industria y Comercio.
Ambas entidades han trabajado en coordinación para desarrollar una solución que no solo simplifique los procesos de facturación, sino que también garantice la protección de los datos de los compradores y la eficiencia en la administración tributaria.

Este avance representa un paso significativo en la transformación digital del sistema tributario colombiano, alineándose con las tendencias globales de modernización en la gestión fiscal. La Dian espera que esta medida contribuya a mejorar la experiencia tanto de los contribuyentes como de los consumidores, reduciendo tiempos y costos asociados a la facturación electrónica.
Dian introduce nuevo requisito para la declaración de renta en 2025
La entidad ha anunciado cambios relevantes en el proceso de declaración de renta al año gravable 2024, que deberá presentarse en 2025.
Según la Dian, los contribuyentes obligados a llevar contabilidad o quienes opten por hacerlo de manera voluntaria, deberán diligenciar y presentar un nuevo documento denominado: Prevalidador Reporte_Conciliacion_Fiscal_F2516V8_AG2024_v1.0.0-2025-1 antes de cumplir con la diligencia de declaración.
De acuerdo con la información proporcionada por la Dian, este nuevo requisito aplica a los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario que declaren utilizando el formulario 110 y cuyos ingresos brutos fiscales durante el año gravable 2024 sean iguales o superiores a 45.000 unidades de valor tributario (UVT), lo que equivale a 2.117.925.000 pesos colombianos.

La entidad, dirigida actualmente por el director general encargado, Luis Eduardo Llinás, ha señalado que este reporte tiene como objetivo registrar los saldos contables y fiscales, así como las diferencias entre las normas contables y las disposiciones establecidas en el Estatuto Tributario.
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