
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial suspendió por seis meses a un juez del departamento de Caldas tras determinar que su inacción puso en riesgo la vida de un paciente que dependía de medicamentos esenciales para tratar enfermedades graves.
Según informó la Comisión, el funcionario judicial no atendió un incidente de desacato presentado por el afectado, lo que derivó en una violación a su derecho fundamental a la salud.
PUBLICIDAD
Ahora puede seguirnos en Facebook y en nuestro WhatsApp
El caso involucra a José Albeiro Gómez Ocampo, un paciente diagnosticado con hipertensión pulmonar y cardiopatía, quien requería con urgencia los medicamentos Sildenafil 50 mg y Nebivolol 5 mg.
Para la Comisión, la EPS Medimás incumplió una orden de tutela que le obligaba a suministrar los medicamentos necesarios para el tratamiento de Gómez Ocampo. Ante la falta de respuesta, el paciente presentó un incidente de desacato en julio de 2019, pero este permaneció sin resolución durante meses.

El incidente de desacato llegó al Juzgado Penal del Circuito de Aguadas en diciembre de 2019, cinco meses después de haber sido presentado. Sin embargo, el juez a cargo no tomó ninguna acción para garantizar el cumplimiento de la tutela ni para proteger el derecho a la salud del paciente.
PUBLICIDAD
Según la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, esta omisión fue calificada como una “falta grave con culpa gravísima”, ya que el juez no solo ignoró la orden de tutela, sino que también dejó en total inactividad el trámite del desacato.
La entidad judicial destacó que este comportamiento no solo afectó el derecho a la salud de Gómez Ocampo, sino que también vulneró principios fundamentales como la administración de justicia y la tutela judicial efectiva. En su comunicado, la entidad señaló que “sin justificación alguna, el funcionario mantuvo en total inactividad el incidente de desacato, afectando el derecho a la salud, a la administración de justicia y a la tutela judicial efectiva del paciente”.
PUBLICIDAD

“Es así como al evaluar las pruebas, la Comisión de Disciplina Judicial encontró que, sin justificación alguna, el funcionario mantuvo en total inactividad el incidente de desacato, afectando el derecho a la salud, a la administración de justicia y a la tutela judicial efectiva del paciente”, dice el comunicado expedido por la Comisión.
La Corte Constitucional, en su Sentencia C-948 de 2002, establece que todos los funcionarios judiciales tienen el deber de garantizar los derechos fundamentales de los ciudadanos, entre ellos el derecho a la salud. Este principio fue ignorado por el juez sancionado, que, para la Comisión, incumplió con su obligación de actuar de manera diligente para proteger los derechos del paciente.
PUBLICIDAD
Tras evaluar las pruebas, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó la sanción en primera instancia y determinó la suspensión del juez por un periodo de seis meses. Esta decisión busca enviar un mensaje claro sobre la importancia de que los funcionarios judiciales cumplan con sus responsabilidades, especialmente en casos que involucran derechos fundamentales como la salud.
El caso de Gómez Ocampo pone en evidencia las dificultades que enfrentan muchos pacientes en Colombia para acceder a tratamientos médicos esenciales. A pesar de contar con órdenes judiciales que respaldan su derecho a recibir medicamentos, el incumplimiento por parte de las EPS, sumado a la inacción de algunos funcionarios judiciales, agrava la situación de los afectados.
PUBLICIDAD
En este caso particular, la EPS Medimás no cumplió con la entrega de los medicamentos necesarios para tratar las enfermedades de Gómez Ocampo, lo que lo llevó a recurrir al incidente de desacato como último recurso. Sin embargo, la falta de respuesta por parte del juez encargado dejó al paciente en una situación de vulnerabilidad que pudo haber tenido consecuencias fatales.

La sanción impuesta por la Comisión Nacional de Disciplina Judicial resalta la importancia de que los jueces actúen con celeridad y responsabilidad en casos que involucran derechos fundamentales. Según la Comisión, la omisión del juez no solo afectó a Gómez Ocampo, sino que también socavó la confianza en el sistema judicial y en su capacidad para garantizar la protección de los derechos de los ciudadanos.
PUBLICIDAD
Este caso también pone de manifiesto la necesidad de fortalecer los mecanismos de control y supervisión sobre las EPS, así como de garantizar que las órdenes judiciales sean cumplidas de manera efectiva. La salud es un derecho fundamental, y su protección debe ser una prioridad tanto para las instituciones de salud como para el sistema judicial.
La decisión de suspender al juez busca sentar un precedente y enviar un mensaje claro sobre las consecuencias de incumplir con los deberes judiciales. Según la entidad judicial, este tipo de sanciones son esenciales para garantizar que los derechos fundamentales de los ciudadanos sean respetados y protegidos en todo momento.
PUBLICIDAD
Más Noticias
Edwuin Cetré tuvo insólito momento en la tanda de penaltis entre Flamengo y Estudiantes por las semis de Copa Libertadores: qué pasó
El delantero caleño jugará el partido más importante del año en el continente ante Palmeiras en territorio uruguayo
Ascensos en la Policía: estos son los coroneles seleccionados para el curso de ascenso a generales
Los seleccionados deberán cumplir la capacitación que forma parte del proceso institucional para avanzar al grado de brigadier general en Colombia

Presidente de la JEP y cuatro magistrados más señalados de haber “cobrado sueldo sin trabajar”: fueron denunciados ante la Comisión de Acusaciones de la Cámara
El escrito señaló que los funcionarios habrían recibido salarios durante cerca de siete años sin resolver recursos contra sentencias de primera instancia, debido a que los primeros expedientes de ese tipo llegaron a la dependencia a finales de 2025

Elizabeth Loaiza aseguró se va a clonar para crear una muñeca de silicona que funcionará con inteligencia artificial: “Tiene todas las partes del cuerpo en látex”
La modelo viajará a Las Vegas para fabricar figuras de silicona de tamaño real que podrán conversar y tendrán un costo elevado

La Dian aclaró si las mascotas deben ingresar en la declaración de renta
El concepto emitido el 19 de octubre de 2026 señala que los animales de compañía fiscalmente poseídos deben reportarse al cierre del período gravable, incluso si no generan ingresos por parte del contribuyente



