
El Tribunal Superior de Bogotá aceptó un recurso de hábeas corpus interpuesto por Geovany Andrés Rojas, conocido como alias Araña, que fue detenido el miércoles 12 de febrero de 2025 en un hotel de la capital colombiana.
Y es que Rojas es señalado como integrante de la disidencia Coordinado Nacional Ejército Bolivariano, uno de los grupos más peligrosos de las llamadas disidencias de las Farc, que operan en el territorio nacional.
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Así las cosas, dicho recurso busca determinar si durante su captura se vulneraron garantías constitucionales o legales. De acuerdo con El Espectador, el tribunal ha solicitado a diversas entidades gubernamentales y judiciales que remitan toda la información relacionada con la detención de Rojas.
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Entre las instituciones requeridas se encuentran la Presidencia de la República, la Oficina del consejero Comisionado de Paz y la Fiscalía General de la Nación. Este requerimiento incluye detalles sobre la solicitud de extradición que motivó la captura del señalado.
“Ofíciese, por el medio más expedito, a la Presidencia de la República, a la Fiscalía General de la Nación, a la Dirección de Asuntos Internacionales de la Fiscalía General de la Nación, a la Dirección de Investigación Criminal e Interpol (Dijín), a la Dirección de Asuntos Migratorios del Ministerio de Relaciones Exteriores, a la Dirección de Asuntos Internacionales y de Extradiciones del Ministerio de Justicia y del Derecho, a Migración Colombia y a la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, para que, de manera inmediata, informen y remitan copia de todo lo relacionado con la solicitud de extradición del señor GEOVANY ANDRÉS ROJAS (...) Inclúyase copia del escrito y póngaseles de presente que se trata del trámite de una acción de hábeas corpus, razón por la cual la respuesta debe darse en el término de la distancia”, dice el documento al que tuvo acceso El Espectador.
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Frente a ello, es importante recalcar que de acuerdo con la Ley 1905 de 1996, que regula el hábeas corpus, la autoridad competente que dé el aval para que un caso se resuelva por dicha vía tiene 36 horas para resolver el mismo.
Tribunal Superior de Bogotá negó el hábeas corpus
No obstante, frente a ello, Tribunal Superior de Bogotá dio a conocer en la tarde del domingo 16 de febrero de 2025 que negó el hábeas corpus con el que Rojas buscaba su libertad.
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A través de un documento al que tuvo acceso a Blu Radio, el alto tribunal explicó que la concesión que había solicitado alias Araña fue negada. Así las cosas, las autoridades permanecen a la espera del que sería el siguiente paso del disidente para buscar su libertad en medio de la expectativa que ha generado la posibilidad de su extradición.
Qué dice la ley colombiana sobre el recurso hábeas corpus
El Habeas corpus es un mecanismo constitucional en Colombia que tiene como fin proteger la libertad personal de cualquier individuo frente a detenciones ilegales o arbitrarias. La Constitución de 1991, en su artículo 30, establece el derecho de toda persona a presentar este recurso ante un juez competente, en caso de que se vea privada de su libertad de forma irregular, ya sea por órdenes judiciales defectuosas o por la falta de formalidades legales en su detención.
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En cuanto a su procedencia, el habeas corpus puede ser interpuesto no solo por el detenido, sino también por cualquier otra persona que tenga conocimiento de la situación. En este sentido, el recurso puede ser solicitado por familiares, amigos, o incluso organizaciones de derechos humanos, siempre que existan motivos para creer que se está produciendo una detención ilegal. No es necesario que el detenido haya agotado otros recursos legales antes de presentar la acción.
El procedimiento del habeas corpus es expedito y debe ser resuelto en el término de 36 horas, lo cual refleja la urgencia de proteger los derechos fundamentales de las personas frente a detenciones arbitrarias. En este sentido, el juez tiene la obligación de decidir rápidamente si la detención es legal o no, y si no lo es, ordenar la liberación inmediata de la persona afectada. Este recurso no requiere que se demuestre que la persona está acusada de un delito específico, sino que basta con que la detención carezca de legalidad.
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Por último, el habeas corpus no es aplicable en todos los casos. Existen situaciones en las que no procede, como en el contexto de personas detenidas por órdenes judiciales debidamente emitidas o en casos de emergencia nacional o de conflicto armado interno donde se suspenden ciertos derechos.
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