
La Corte Constitucional revivió una norma que faculta al Ministerio de Salud a regular las distancias entre farmacias y droguerías para asegurar el acceso a los medicamentos de los colombianos.
La norma fue derogada en 2012 por el alto tribunal porque consideraba que violaba el derecho a la salud al limitar la regulación sobre la distribución geográfica de los establecimientos farmacéuticos. Sin embargo, más de una década después valoraron que puede ser la solución para garantizar el acceso y disponibilidad de los medicamentos.
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La decisión de la Corte Suprema de que la cartera liderada por Guillermo Alfonso Jaramillo vuelva a tener el control sobre la distancia entre estos establecimientos fue rechazada por las droguerías, argumentando que la iniciativa no beneficia los colombianos. Entre ellas, la cadena de droguerías mexicana Dr. Simi que por medio de un comunicado dirigido a la opinión pública hizo un fuerte llamado al gobierno a descartar la norma, porque afecta la libre competencia.
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“En Colombia se restableció la vigencia de una norma obsoleta que impone una distancia mínima entre droguerías. Esto resulta, a todas luces, violatorio de las normas de la libre competencia que el país ha suscrito ante la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y, sobre todo, limita a los colombianos al reducir las posibilidades de acceso a medicamentos de calidad y bajo precio”, destacó la cadena de droguerías en el comunicado.
De igual manera, la empresa azteca sostuvo que es fundamental mantener las reglas de juego niveladas para todos los actores, porque trae beneficios tanto para el Estado como para el sector. Además, explicó que el mayor beneficiado de tumbar la regulación serían los colombianos, porque pueden acceder a medicamentos de calidad de manera sencilla y a mejores precios.
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“El Dr. Simi, a través de las conocidas Farmacias Similares en México, ha demostrado cómo la sana competencia entre droguerías ha beneficiado a millones de mexicanos en los últimos 27 años; esto ha resultado en una reducción del precio promedio de los medicamentos y en una mejora en la atención al usuario, permitiendo el acceso a medicamentos con calidad, que cumplen con la regulación sanitaria y son accesibles económicamente”, se lee en la misiva.
Así las cosas, solicitaron al Gobierno nacional y al jefe de Estado evaluar la medida de la Corte Suprema de Justicia con el fin de no afectar el derecho a la salud de millones de pacientes que necesitan acceder a medicinas.
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“Por ello, solicitamos de manera respetuosa al señor presidente de la República, a sus ministros de Salud y Comercio e Industria, y a las autoridades correspondientes, que se tomen las medidas necesarias para evitar la restricción de distancia entre las droguerías, de tal forma que se garantice el acceso a la salud del pueblo colombiano (una de las premisas del proyecto humanista y social de su gobierno), así como velar por la libre competencia”, puntualizó el documento.

En contraposición, la Asociación Colombiana de Droguistas y Detallistas (Asocoldro) celebró la decisión del alto tribunal de revivir la ley que regulaba las distancias entre droguerías. Para Greyson Camargo Quintero, director de la entidad, no afectará los derechos de las personas, sino que ayudará a los habitantes en sectores donde no hay farmacias cerca.
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“La regulación de distancias garantiza la accesibilidad a los medicamentos, es una función social que cumplen las droguerías en Colombia, las cuales están brindando una protección de derecho a la salud a todos los colombianos”, destacó.
En ese sentido, mencionó que los colombianos empezarán a tener un mejor acceso al servicio de medicamentos.
“El objetivo es que los ciudadanos tengan acceso a todos los medicamentos, porque no es lo mismo tener concentrado en un municipio y ciudad a todas las droguerías por ejemplo en un parque con 10 droguerías a tenerlas distribuidas en todo el municipio para que los ciudadanos sobre todo los más desprotegidos, las personas con discapacidades, puedan tener facilidad, eficacia, rapidez a la accesibilidad de este medicamento, ese es el sentido de la Corte”, explicó.
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