
La influenciadora colombiana Daneidy Barrera Rojas, conocida popularmente como Epa Colombia, fue condenada por la Corte Suprema de Justicia a cumplir una pena de cinco años y dos meses de prisión, por cometer actos vandálicos contra las estaciones de TransMilenio y compartirlos en sus redes sociales en 2019.
El fallo, que se leyó el miércoles 29 de enero de 2025, confirma que no gozará del beneficio de casa por cárcel debido a las graves imputaciones. La decisión se fundamenta en los delitos de perturbación en servicio público de transporte colectivo u oficial, instigación a delinquir con fines terroristas y daño en bien ajeno.
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A las pocas horas del traslado de la empresaria al centro de reclusión penitenciario El Buen Pastor de Bogotá, donde pagará la pena que ratificó la Corte, circuló la primera fotografía tras las rejas. Se trata de la imagen de Barrera de reseña en el penal, vistiendo una camisa negra y un saco color blanco.
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Por su parte, el director nacional del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), Daniel Gutiérrez, confirmó que la creadora de contenido no contará con ningún tipo de privilegios. Sin embargo, aclaró que van a garantizar la seguridad de Barrera, sin tener que tomar medidas como llevarla a un pabellón alejada de las demás reclusas.
“No tenemos privilegios. Se están revisando las condiciones de seguridad. Eso se hace a través de una clasificación, dependiendo de la condena, de la pena, del delito que tiene. Luego de ello, va a ser asignada a un patio. La idea es salvaguardar su vida y también que tenga un espacio digno en la mayoría de las posibilidades”, explicó Gutiérrez.
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Con respecto a las declaraciones del director del Inpec, el abogado de la empresaria, Ómar Ocampo, pidió protección para su defendida, además de exponer las terribles consecuencias a las que se enfrentaría su hija de nueve meses, Daphne Samara, si es separada de su madre.
Para el togado, la menor quedó en una situación que, a su juicio, se asemeja al abandono, pues no solo perdió la lactancia materna, también el acompañamiento y la protección que su madre le brindaba diariamente.
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“Daneidy Barrera Rojas es madre cabeza de familia con una menor de edad de nueve meses de nacida y hay unos intereses internacionales y constitucionales que prevalecen”, expresó Ocampo, destacando que estos elementos no fueron tomados en cuenta en la sentencia emitida.
Por lo anterior, solicitó tener en cuenta la edad de la bebé que sigue en periodo de lactancia, separarla de su madre implicaría que la infanta quede en una situación de vulnerabilidad que va en contra de los derechos de los niños.
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“Pedí la protección para esa menor, se quedó sin la lactancia de su madre, sin el calor que se merece por ser natural. Hoy en día no está siendo protegida. No es el derecho de Daneidy Barrera Rojas, es el derecho de una menor de pocos meses de nacida”, declaró.
Mientras que se soluciona el futuro de Epa Colombia, su defensa tiene dos estrategias con las que busca evitar que siga privada de la libertad. Una de ellas, es presentar una acción de tutela, argumentando que la separación forzada entre madre e hija vulnera los derechos fundamentales de la menor que prevalecen por encima de su condena, como lo establecen los artículos 43 y 44 de la Constitución Política de Colombia. Y la otra, es solicitar al Gobierno nacional, en cabeza de Gustavo Petro, que la nombre como gestora de paz, lo que le otorgaría beneficios.
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