
La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada confirmó que los costos de los servicios de seguridad privada tendrán aumentos en 2025. Estos se harán dos veces en el año, divididos en dos periodos: del 1 de enero al 14 de julio, y del 15 de julio hasta el 31 de diciembre. El ajuste impactará a empresas, conjuntos residenciales y comercios que contraten estos servicios, compuestos por vigilancia humana, con o sin armas, y con apoyo canino.
De acuerdo con la entidad, la norma abarca a todas las empresas y cooperativas que ofrecen servicios de vigilancia que están obligadas a sujetarse al régimen de tarifas estipulado por la superintendencia.
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La misma, por medio de la circular externa N° 20241300000445, estableció que “todas las empresas y cooperativas de vigilancia y seguridad privada con armas y sin armas, que utilizan el medio humano y/o canino, deben sujetarse al régimen de tarifas en la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada“. Este régimen está basado en el cálculo sobre el salario mínimo legal vigente y los incrementos definidos por el Gobierno.
Tarifas mínimas por sectores y modalidades
Los nuevos costos se establecerán según el tipo de vigilancia, el uso de armas o apoyo canino y el estrato social. Desde enero hasta mediados de julio de 2025, la tarifa mínima para sectores como el público, educativo privado, comercial, industrial, financiero, energético, entre otros, será equivalente a 9,14 salarios mínimos mensuales legales vigentes. Por ejemplo, considerando un salario mínimo de $1.423.500, esto totalizaría $13.010.790. A partir del 15 de julio, la tarifa aumentará a 9,29 salarios mínimos ($13.219.215).
Asimismo, los costos incluirán porcentajes adicionales por administración y supervisión, que varían entre el 8% y el 11%, dependiendo de la modalidad del servicio. La vigilancia sin armas, por ejemplo, estará sujeta a un incremento del 8%, mientras que, si incluye armas, el aumento será del 10%. Si se agrega un componente canino, el porcentaje se elevará al 11%.
Sobre los estratos residenciales 4, 5 y 6, la tarifa mínima será de 9,14 salarios mínimos ($13.010.790) más un 10% destinado a los gastos de supervisión administrativa. Para los estratos 1, 2 y 3, las tarifas deberán asegurar el cumplimiento de todas las obligaciones laborales y los costos operativos establecidos por la ley.
Entretanto, las cooperativas tendrán permitido descontar hasta un 10% del valor total de las tarifas estipuladas. En este sentido, la normativa busca mantener la accesibilidad en ciertos sectores sin comprometer la sostenibilidad de los servicios proveídos.

Tarifas por horas para servicios parciales
Cuando se requiera contratar servicios de vigilancia de manera exclusiva por horas o menos de un mes completo, las tarifas se calcularán de forma proporcional. Según explicó la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, el cálculo tomará como base la tarifa total mensual de un servicio de jornada completa (24 horas por 30 días), pero ajustada por la variable de proporcionalidad que corresponde al número de días y reales de prestación del servicio.
Por ejemplo, en un turno diurno de 6:00 a. m. a 2:00 p. m., la variable aplicada será del 55,97 %. “Después, se deberá tomar el valor resultante de la aplicación de la variable, dividirlo por 30 días y multiplicarlo por el número de días en que se prestará el servicio, luego dividirlo por la jornada laboral y el resultado multiplicarlo por las horas requeridas”, explicó la entidad. El cálculo matemático garantiza la transparencia en la determinación de costos acorde al tiempo contratado.
Impacto en los costos para empresas y residencias
Los ajustes podrían convertirse en una carga económica más significativa para sectores comerciales y empresariales que dependen ampliamente de la seguridad privada. Por otro lado, los conjuntos residenciales también sienten el impacto, en especial, en estratos altos donde los servicios de vigilancia tienden a ser más demandados y costosos. En palabras de la Superintendencia, “los valores se calculan en salarios mínimos legales vigentes, por lo que el aumento definido por el Gobierno para este año también se sentirá en las tarifas que pagan conjuntos residenciales, empresas y comercios”.

Los nuevos topes tarifarios buscan garantizar que las entidades de vigilancia cumplan con todas sus obligaciones legales y operativas, manteniendo estándares de calidad.
Normativa y control administrativo
Las disposiciones también contemplan mecanismos de vigilancia e inspección para garantizar que todas las empresas y cooperativas cumplan con los nuevos lineamientos. Además, los cálculos de tarifas deberán ser claros y ajustarse a las fórmulas proporcionadas por la Superintendencia, evitando buscar irregularidades en la prestación del servicio.
Con estas nuevas disposiciones, la Superintendencia de Vigilancia reafirma su intención de modernizar y regularizar el sector bajo estándares nacionales ajustados al salario mínimo, lo cual impactará ampliamente en diversos niveles sociales y económicos.
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