
Estos son los automóviles que no pueden transitar en Cartagena hoy 2 de enero, según el programa de restricción vehicular conocido como Pico y Placa.
El día de la semana, la hora, el tipo de auto y la terminación de la placa son los factores que determinan qué vehículos tienen prohibido circular este jueves.
Pico y placa hoy
El Pico y Placa tiene como objetivo mejorar la movilidad vehicular y seguridad de los transeúntes en la ciudad. Aquí el calendario de restricciones de este 2 de enero, de acuerdo con el gobierno de Cartagena.
Motos: 1 y 2.
Particulares: 1 y 2.
Taxis: 9 y 0.
El horario de la restricción vehicular de Cartagena se divide en dos lapsos con mayos demanda vehicular: el primero en la mañana, de 6:00 horas a 8:00 horas, mientras que el segundo va de 18:00 horas a 20:00 horas.
¿Cómo funciona el Pico y Placa?

Las medidas del Pico y Placa depende del día de la semana, así como del último número de la placa del vehículo.
Del 2 de enero al 27 de marzo, los autos cuya placa termina con 9 o 0 no podrán circular los lunes; con 1 o 2, los martes; con 3 o 4, los miércoles; los 5 o 6, los jueves; y los 7 u 8, los viernes.
Del 1 de abril al 28 de junio, los automóviles con placa con terminación 1 o 2, no podrán transitar los lunes; con 3 o 4, los martes; con 5 o 6, los miércoles; los 7 u 8, los jueves; y los 9 o 0, los viernes.
Del 2 de julio al 27 de septiembre, los carros cuya placa termina con 3 o 4 no podrán transitar los lunes; con 5 o 6, los martes; con 7 u 8, los miércoles; los 9 o 0, los jueves; y los 1 o 2, los viernes.
Finalmente, del 30 de septiembre al 3 de enero, los carros cuya placa termina con 5 o 6 no podrán circular los lunes; con 7 u 8, los martes; con 9 o 0, los miércoles; los 1 o 2, los jueves; y los 3 o 4, los viernes.
Es importante mencionar que esta restricción de tránsito no aplica los fines de semana, tampoco los días de asueto establecidos por la ley o cuando excepcionalmente lo establezca la autoridad competente.
¿Qué autos no aplican al Pico y Placa?
Diferentes automóviles tienen la posibilidad de no verse afectados por el programa de restricción vehicular, de acuerdo con la Alcaldía de Cartagena de Indias.
Se trata de los autos que cuenten con el Permiso Especial de Acceso a Zona de Restricción Vehicular, los eléctricos o cero emisiones, los oficiales de todos los niveles, los fúnebres, de emergencia, de atención médica, de distribución de medicamentos, de rescate o traslado de órganos y tejidos, de control de tráfico y grúas, de residuos hospitalarios, de medios de comunicación, que ofrecen servicios turísticos, escolares, de valores, así como los destinados a la enseñanza automovilística.
Para que el automóvil con dichas condiciones pueda exentar el Pico y Placa debe de presentar la solicitud correspondiente con copia de la documentación en regla del auto y del conductor, así como el paz y salvo por todo concepto.
Sanciones
Los conductores que incumplan el programa de restricción vehicular serán merecedores de una sanción económica.
La multa vigente, de acuerdo con la Alcaldía de Cartagena, es equivalente a 15 salarios mínimos vigentes, además, el vehículo será inmovilizado.
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