
En 2013, el Código Nacional de Tránsito de Colombia realizó una modificación en la Ley 769 de 2002, en la que introdujo una nueva categoría de infracciones con multas considerables.
Uno de los cambios más destacados fue la creación de la categoría F, que se centra exclusivamente en sancionar la conducción bajo los efectos del alcohol, con multas que oscilan entre los $3,89 millones y los $62,39 millones.
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El Código Nacional de Tránsito es una normativa que los centros de enseñanza automovilística implementan para enseñar a quienes desean obtener una licencia de conducción. Por lo tanto, esta ley no solo establece las normas de tránsito, sino que también detalla las sanciones aplicables a las infracciones, asegurando que los conductores estén informados sobre las consecuencias de sus acciones en la vía.
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De acuerdo con el Ministerio de Transporte, antes de esta modificación, las multas se clasificaban en cinco categorías, de la A a la E, según la gravedad de la infracción. Las infracciones tipo A eran consideradas las más leves, mientras que las tipo E eran las más severas. Por ejemplo, no transitar por el carril derecho de una vía se consideraba una infracción tipo A, mientras que conducir en estado de embriaguez era una infracción tipo E. No obstante, con la implementación de la categoría F, la conducción bajo la influencia del alcohol se separó de las demás infracciones graves.
Las infracciones tipo B incluyen manejar sin licencia, mientras que las tipo C abarcan estacionar en lugares prohibidos. Las infracciones tipo D, por su parte, se refieren a acciones como impedir el paso de vehículos de emergencia. Finalmente, las infracciones tipo E, además de la conducción bajo los efectos del alcohol antes de 2013, incluyen el transporte de pasajeros junto con explosivos en un mismo vehículo.
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Así puede consultar las infracciones y comparendos

Por medio del Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (Simit), las autoridades de tránsito suministran información sobre infracciones al código, por lo que esta herramienta posibilita a un conductor subsanar el comparendo económico desde cualquier lugar del país, así la infracción se haya cometido en otra región.
Entre los beneficios que ofrece el Simit, destacan los siguientes:
- El Simit funciona en toda Colombia y su operación se mantiene activa durante las 24 horas del día y los 7 días de la semana.
- El Simit permite pagar una multa de tránsito en cualquier parte del país sin importar donde fue impuesta y estar a paz y salvo en línea.
- El Simit es generador de estadísticas para la definición de políticas públicas nacionales y locales.
Para consultar si usted tiene alguna multa a través del Simit, con el número y serial de la placa, es necesario que ingrese al siguiente enlace: fcm.org.co/Simit/#/home-public. Allí ingresará al sitio web del sistema. En la página encontrará un botón de búsqueda en el cual deberá ingresar el número de identificación o la placa del vehículo.
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Posteriormente, el sistema arrojará toda la información sobre multas o infracciones que haya cometido en Colombia. En el caso de que no se registre alguna violación a la norma, saldrá el siguiente mensaje: “No tienes comparendos ni multas registradas en Simit. Revisa con tu número de identificación y/o placa en las Secretarías de Tránsito y verifica que no tienes obligaciones pendientes de pago”.
En el caso de que si cuenta con infracción impuesta por una autoridad competente de movilidad, podrá consultar la forma de pago ingresando al siguiente enlace, Simit: así puede pagar una multa impuesta en otro municipio y/o ciudad del país.
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- Directamente en la plataforma, utilizando el servicio de pagos electrónicos PSE, una opción que llevará al usuario a escribir la información pertinente sobre el banco con el que se cancelará la multa.
- En un punto presencial de pago, de acuerdo con el Simit, existen más de 22.000 sitios a nivel nacional que pueden ofrecer el servicio.
Así puede limpiar el historial de comparendos en el Simit

En Bogotá, las personas que pagan una multa de tránsito y completan el curso de formación requerido, pero aún ven su comparendo activo en la base de datos, deben dirigirse al Centro Integral de Atención (CIA) donde realizaron la capacitación, según indica la Secretaría de Movilidad en su página web. Esta situación se presenta a pesar de contar con el certificado de paz y salvo del Simit, lo que en ocasiones genera confusión entre los ciudadanos.
El proceso para resolver esta discrepancia puede iniciarse también en las Secretarías de Movilidad o de Tránsito del lugar donde ocurrió la infracción. Los afectados pueden presentar su solicitud a través de canales digitales o presenciales, siempre y cuando proporcionen la documentación adecuada, como el certificado de asistencia al curso y el paz y salvo, según las directrices establecidas.
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La normativa vigente, específicamente el artículo 133 de la Ley 769, establece que, además de pagar la multa, los infractores deben asistir a un curso formativo. Si no cumplen con esta obligación, el comparendo permanece vigente, lo que puede complicar la actualización de la base de datos.
Hay que tener en cuenta, que depende de la ciudad en la que decida tomar las clases de formación, estas podrá agendarlas a través de las páginas web de las secretarías de Movilidad, en los canales de atención de las entidades o en los establecimientos de atención presencial. También es posible acudir a los Centros Integrales de Atención autorizados por el Ministerio de Transporte.
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