
La autonomía de las comunidades indígenas del Cauca en Colombia podría ser transformada con la inminente aprobación del decreto Atea, cuyo borrador está listo para leerse y firmarse.
Según el texto, el decreto tiene como objetivo principal reconocer el Mandato de la Autoridad Territorial Económica y Ambiental (Atea), dotando a las autoridades indígenas de la región de competencias para ordenar, regular y preservar su territorio de manera integral.
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Este marco legal aparecerá reflejado en un decreto compuesto de varios capítulos y artículos que cubren desde su objeto hasta los principios rectores.
La normativa reconoce las competencias de las autoridades tradicionales de los pueblos indígenas que integran el Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC), facilitando mecanismos de coordinación con las entidades públicas competentes, en conformidad con las políticas indígenas integrales y la Constitución.
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Entre los principios rectores del decreto se encuentra la concepción integral del territorio. Este es considerado como una dimensión física y espiritual, donde los indígenas ejercen sus derechos preexistentes e inherentes, facilitando la existencia y revitalización de la Ley Natural, la Ley de Origen, y el Derecho Propio.
“Territorio: Es concebido de manera integral y comprende el espacio originario, físico y espiritual en sus tres dimensiones, donde habitan los seres en familia ejerciendo sus derechos prexistentes e inherentes; es el corazón de la tierra, sustenta la vida, en él se crea, revitaliza y vivencia la Ley Natural, Ley de Origen, Derecho Mayor y Derecho Propio, así como el pensamiento, los valores, la memoria colectiva y constituye el ámbito tradicional de las actividades económicas, ambientales, culturales y espirituales de los pueblos indígenas para la pervivencia”, se lee en el documento.
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Otro principio importante es la cosmovisión y espiritualidad indígena, que se refiere a la relación profunda con la naturaleza y las prácticas ancestrales para mantener armonía y equilibrio. También se resalta la autodeterminación, por la cual los pueblos indígenas establecen libremente sus planes de vida, gestionan sus intereses y ejercen competencias jurisdiccionales, políticas y económicas, en línea con sus cosmovisiones.
En términos de soberanía y autonomía alimentaria, el decreto reconoce el derecho de los pueblos indígenas a producir, consumir y comercializar sus productos de manera autónoma y en armonía con su entorno. Esto incluye un reconocimiento al acceso a los beneficios del desarrollo tecnológico que promuevan el bienestar de estas comunidades.
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“Los pueblos indigenas establecen libremente los planes de vida a través de las estructuras de gobierno propio en el marco de la ley natural, de la ley de origen, derecho mayor o derecho propio, que con fundamento en sus cosmovisiones les permite gestionar sus intereses, determinar y ejercer competencias jurisdiccionales, políticas, territoriales, administrativas, económicas, ambientales, entre otras, en el territorio”, indica el borrador del decreto.
La integralidad se destaca como una constante relación de armonía entre los seres naturales que habitan el territorio, y se asegura la materialización de los planes de vida propios de los pueblos. Adicionalmente, la armonía y equilibrio se fijan como fuerzas naturales fundamentales para la convivencia y el buen vivir.
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El decreto también impone el deber de cuidado y protección del territorio a toda persona, natural o jurídica, nacional o extranjera, para garantizar la integridad territorial y los espacios de vida indígenas. Asimismo, subraya el principio del pluralismo jurídico, donde las normas expedidas por las autoridades indígenas prevalecen en el marco de su autonomía jurisdiccional.

“Pluralismo jurídico: Las normas que expidan las autoridades indígenas, desde su autonomía jurisdiccional respecto de la protección, preservación, uso y manejo de los espacios de vida, el territorio, las formas de economías propias, la propiedad intelectual, los derechos colectivos y derechos bioculturales, prevalecerán y harán parte del bloque jurídico intercultural de constitucionalidad”, dice el texto.
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Finalmente, se menciona el principio de progresividad, que asegura que los derechos adquiridos no podrán ser disminuidos o afectados en sus niveles de protección actual, y el rigor subsidiario, que permite a las autoridades indígenas establecer normas más estrictas para la protección de sus territorios y economías.
“Los umbrales y estándares de protección cultural, política y jurídica adquiridos por los pueblos indígenas en relación al territorio, los sistemas económicos, al cuidado, protección y administración de los espacios de vida, deberán garantizarse de tal manera que se fortalezcan y en ningún caso podrán ser disminuidos o afectados en cualquier nivel actual y ámbito sustantivo de protección de estos derechos colectivos”.
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Sin embargo, pese al avance con la Cric, para los campesinos que viven en zonas que pudieran llegar a considerarse territorio indígena protegido, les preocupa que este tipo de decretos dificulte su actividad económica. Por lo anterior, Gabriel Rondón, viceministro encargado para el Diálogo Social y Derechos Humanos del Ministerio del Interior, le dijo a La W que la “propiedad privada está protegida; decreto no está en contra”.
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