
Enio José Peñata Herrera y Ángel David Sánchez Tordecilla, acusados del feminicidio de la universitaria Nataly Melody Ruiz Salas, ocurrido el 3 de diciembre de 2016, fueron absueltos tras la revocación de la sentencia condenatoria por parte del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería.
La decisión se basó en la falta de pruebas concluyentes que demostraran la culpabilidad de los acusados más allá de toda duda razonable.
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El Tribunal cuestionó la fiabilidad del testimonio del principal testigo, quien presentaba problemas de comunicación debido a su discapacidad auditiva y del habla, lo que generó múltiples contradicciones e inconsistencias en su relato, según se lee en la sentencia.
Además, destacó que no existía un vínculo claro entre los acusados y la víctima ni entre los propios acusados. La investigación de la Fiscalía fue considerada insuficiente para descartar otras hipótesis y establecer un móvil creíble para el crimen.
Uno de los puntos más controversiales del caso fue la interpretación de las pruebas clave, como la llamada telefónica que vinculaba a Peñata Herrera con la víctima. El Tribunal argumentó que estas pruebas podían tener explicaciones alternativas razonables que no implicaban necesariamente la culpabilidad de los acusados.

En el análisis del Tribunal, también se valoraron los testimonios que respaldaban las coartadas presentadas por los procesados, lo que generó aún más dudas sobre su participación en el crimen. Se criticó que la Fiscalía no llevó a cabo una investigación más exhaustiva para verificar o descartar estas versiones.
El Tribunal aseguró que sin un vínculo claro entre los acusados y la víctima y con testimonios inconsistentes, las pruebas presentadas no alcanzaban el estándar requerido para una condena. La falta de una investigación exhaustiva y la presencia de múltiples contradicciones en el caso llevaron a esta revocación.
Nataly Melody Ruiz Salas, la víctima del caso, era una joven universitaria, y su feminicidio había causado gran conmoción y llamado la atención sobre la necesidad de justicia en crímenes de género en el país. La decisión del Tribunal refleja las complejidades y dificultades inherentes a la administración de justicia, especialmente en casos con pruebas controvertidas y testimonios inconsistentes.
Qué decía la condena
El 3 de diciembre de 2016, el cuerpo de Nataly Melody Salas Ruiz fue encontrado junto a una laguna de oxidación en el norte de Montería, con signos de violencia sexual, estrangulamiento y rostro desfigurado.
Tras varios años de investigación, el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Montería condenó a Ángel David Sánchez Tordecilla y Enio José Peñata Herrera a 43 años y 7 meses de prisión por los delitos de feminicidio agravado en concurso heterogéneo con acceso carnal violento.
La Fiscalía General de la Nación llevó adelante la investigación que culminó con esta sentencia. Desde el inicio, el caso se convirtió en un símbolo de la lucha contra el feminicidio en la región, generando gran atención mediática y social. Según los informes, fue uno de los procesos penales más seguidos por la comunidad, debido a la brutalidad del crimen y al impacto que tuvo en la opinión pública.
Durante el juicio, se presentó un abundante caudal probatorio que llevó a que los jueces acreditaran sin asomo de dudas la culpabilidad de los acusados.

Desde diversos sectores, se destacó la importancia de esta condena como un paso hacia la erradicación de la impunidad en casos de feminicidio. Además, organizaciones defensoras de los derechos de la mujer han señalado que sentencias como esta son cruciales para desalentar a potenciales agresores y para reforzar la confianza en el sistema judicial.
En lo que respecta a los hechos del 3 de diciembre, la investigación reveló que Sánchez Tordecilla y Peñata Herrera agredieron sexualmente a la joven antes de causarle la muerte. La brutalidad del crimen quedó manifiesta en los signos de estrangulamiento y en el rostro desfigurado de la víctima, lo que incrementó la indignación social y la exigencia de justicia.
El proceso judicial incluyó testimonios de expertos y análisis forenses que corroboraron las acusaciones de la Fiscalía. Además, se llevaron a cabo diversas diligencias para garantizar que todas las pruebas fueran debidamente consideradas, lo cual fortaleció la validez del fallo.
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