
Las infracciones de los peatones son una de las principales causas de los accidentes de tráfico en varias ciudades del país. Estas infracciones, que podrían evitarse con un mayor conocimiento y cumplimiento de las normativas viales, tienen consecuencias potencialmente fatales. Las estadísticas de la Agencia Nacional de Seguridad Vial revelan que entre enero y mayo de 2024, el 22% de los fallecidos en accidentes de tránsito eran peatones.
El Código Nacional Terrestre, parte de la Ley 769 de 2002, y la Resolución 3027 de 2010 establecen las normativas que deben seguir los peatones. Sin embargo, muchas de estas regulaciones son desconocidas o ignoradas por los ciudadanos, lo que resulta en infracciones comunes. No cumplir con estas reglas puede llevar a multas significativas.
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Por ejemplo, según la infracción F del Manual de Infracciones de la Resolución 3027 del 2010, los peatones pueden ser sancionados con un salario mínimo diario vigente, equivalente en 2024 a $43.333 pesos colombianos. En casos más graves, donde la salud y la vida de otros ciudadanos están en peligro, la multa puede llegar hasta cinco salarios mínimos diarios; es decir, $216.666 pesos en 2024.
Entre las multas más comunes a los peatones en Colombia se encuentran:
- Cruzar en lugares no permitidos.
- Caminar sobre el guardavías del ferrocarril.
- Colocarse frente o detrás de un vehículo con el motor encendido.
- Remolcarse, subirse o lanzarse sobre un vehículo en movimiento.
- Subir o bajar de vehículos en movimiento.
- Caminar por túneles, puentes y viaductos de vías férreas.
- Ocupar las zonas de seguridad y corredores de tránsito del Sistema de Transporte Terrestre Masivo de Pasajeros fuera de los lugares autorizados.
- Cruzar en zonas no autorizadas, como puentes peatonales, pasos peatonales y bocacalles.
- Invadir áreas destinadas al tránsito de vehículos, ya sea a pie, en patines, monopatines, patinetas o similares.
- Transportar objetos que puedan obstaculizar o afectar el tránsito sin las debidas precauciones.

Para saber si tiene multas peatonales, como ciudadano puede tener en cuenta estos pasos:
- Consulta en línea: visite el sitio web oficial de la Secretaría de Movilidad de su ciudad o municipio. Una vez allí, busque la sección destinada a la “Consulta de Comparendos”. En esta sección, podrá ingresar su número de cédula para verificar si tiene algún comparendo registrado. Muchas de estas plataformas permiten una consulta rápida y eficiente desde la comodidad de su hogar.
- Aplicaciones móviles: algunas ciudades desarrollaron aplicaciones móviles para facilitar la consulta de comparendos. Estas aplicaciones permiten a los usuarios acceder a información sobre sus infracciones de manera más accesible y directa desde sus dispositivos móviles. Verifique en la tienda de aplicaciones de su dispositivo si su ciudad ofrece este servicio y descargue la aplicación correspondiente para realizar la consulta.

- Líneas telefónicas: otra opción disponible en muchas ciudades es la consulta de comparendos a través de líneas telefónicas específicas. Revise los canales de atención al ciudadano proporcionados por la autoridad de tránsito de su localidad. Llamando a estos números, podrá recibir asistencia directa y verificar si tiene alguna infracción registrada a su nombre.
- Detalles de la multa: al utilizar cualquiera de estos métodos para ingresar su número de documento de identidad en la sección de consulta correspondiente, podrá obtener información detallada sobre cualquier comparendo que tenga registrado. Los detalles que se proporcionan incluyen la fecha en que se cometió la infracción, el lugar exacto, el tipo de infracción cometida y el monto de la multa que debe pagar.
Estos métodos proporcionan a los ciudadanos múltiples opciones para mantenerse informados sobre sus infracciones de tránsito, lo que facilita el cumplimiento de las normativas y evita posibles sanciones adicionales.
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