
La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia absolvió al expresidente de la Cámara de Representantes Julio Eugenio Gallardo Archbold, condenado por el llamado cartel de la toga.
Gallardo fue absuelto del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, por el cual había sido acusado tras presuntas irregularidades en un contrato suscrito entre el representante legal de la Comercializadora Feralg Ltda y Alfredo Ape Cuello, sucesor del entonces presidente de la Cámara de Representantes
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El objeto del contrato, suscrito en agosto de 2016, se centraba en la adquisición de equipos de cómputo e impresoras, al igual que otros elementos informáticos con destino a los integrantes de esa Corporación.
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En su momento, Dairo Antonio Tapia Mejía, apoderado judicial de la Cámara de Representantes presentó una demanda civil argumentando que esa corporación pudo verse afectada patrimonialmente por la conducta punible de Gallargo Archbold, así como el daño moral causado “por los escándalos de corrupción que se suscitaron con la celebración de ese contrato” y que alegaban presuntos sobrecostos en los mismos.

Gallego Archbold también fue absuelto por el delito de peculado
El abril de 2022, la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia absolvió al expresidente de la Cámara del delito de peculado por apropiación en concurso homogéneo y sucesivo. La decisión se tomó luego de evaluar su participación en la firma de contratos de prestación de servicios entre 2005 y 2006.
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El alto tribunal analizó cinco contratos en particular: 01 y 059 de 2006 y los contratos 265, 382 y 10 de 2005; y encontró que el contrato 01 de 2006 se ajustó a la ley y se realizaron las cuantificaciones de honorarios conforme a los criterios establecidos, sin evidencias de sobrecostos o detrimento patrimonial. “La celebración del contrato se ajustó a las previsiones del artículo 32 de la Ley 80 de 1993″, afirmó la Sala.

En relación con los otros contratos, la Corte no encontró pruebas suficientes para demostrar culpabilidad alguna por parte de Gallardo Archbold, quien fue acusado de firmarlos con la intención de apropiarse de recursos estatales. “No se demostró actuar doloso de Gallardo Archbold”, concluyó la Sala al referirse a los contratos 265 y 059 de 2006.
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Además, respecto a los contratos 382 de 2005 y 10 de 2006, “no se logró acreditar que el acusado los hubiese suscrito con conocimiento y voluntad de disponer de recursos estatales a favor de terceros”. Esta falta de evidencia favoreció la aplicación del principio de resolución de la duda a favor del acusado.
Por lo tanto, la Corte Suprema absolvió a Gallardo Archbold de todos los cargos. Este fallo se producía en un contexto donde varias de sus acciones como legislador estaban bajo la lupa de la justicia, principalmente debido a la interpretación de que los contratos suscritos eran innecesarios y contrariaban la política de racionalización del gasto público implementada en ese momento.
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Su participación en el ‘cartel de la toga’
En otro proceso judicial, Gallardo Archbold no corrió con la misma suerte. Dentro del llamado cartel de la toga, fue condenado por cohecho. Un juzgado de circuito de Bogotá lo encontró culpable de entregar la suma de $200 millones entre 2014 y 2015, con el objetivo de influir en una investigación en su contra llevada a cabo por la Corte Suprema de Justicia durante su período como congresista entre 2014 y 2018.

De acuerdo con las investigaciones, el excongresista hizo llegar el dinero del soborno a través del abogado y exfiscal anticorrupción Luis Gustavo Moreno Rivera, con lo que se pudo materializar el delito de cohecho por dar u ofrecer.
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