
Con el motivo de la celebración del celebración del Día del Sagrado Corazón (motivo del puente festivo) y el inicio de la temporada de vacaciones de mitad de año, la Superintendencia de Transporte (SuperTransporte) y la Aeronáutica Civil (Aerocivil) informaron las restricciones y los controles que se harán por parte de las autoridades con el fin de garantizar la seguridad de los viajeros que se movilizaran por las terminales aéreas y terrestres en el país.
Como parte de las acciones que buscan garantizar la seguridad de los viajeros y transportadores en las carreteras del territorio nacional, se conocieron las restricciones que tendrán los vehículos de carga pesada, con peso igual o superior a 3,4 toneladas (3.400 kilogramos), desde el viernes 7 de junio hasta el lunes festivo
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Asimismo, ambas entidades destacaron que durante este puente festivo se espera que se movilicen 1.557.348 pasajeros en 153.118 vehículos desde las terminales de transporte y 1.207.000 viajeros. Mientras que para el período de vacaciones, que concluye el 29 de julio, se estiman 16.486.463 pasajeros en 1.700.442 vía terrestres y 21.215.000 pasajeros por vía aérea, siendo Bogotá, Medellín, Cali, Santa Marta, San Andrés, Barranquilla y Pereira, los aeropuertos con mayor demanda.
La SuperTransporte, frente a los transportadores de carga pesada, confirmó que estará presente en 15 corredores viales en Cundinamarca, Valle, Quindío, Antioquia, Cauca, Atlántico, Tolima, Magdalena, Boyacá, Cesar, Meta, Nariño, Córdoba, y Guajira realizando acompañamientos a los más de 150 controles viales en zonas urbanas, mientras que la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional (Ditra) también estarán situados en diferentes trayectos viales del territorio nacional.

Así regirá la medida para transportadores de carga
- Viernes 7 de junio: desde las 3:00 p. m. hasta las 10:00 p. m. aplica únicamente en las vías del departamento de Cundinamarca (sentido éxodo) salida Bogotá. También aplicará en ambos sentidos en las vías “Bogotá - Fusagasugá - Melgar - Ibagué” e “Ibagué - Calarcá - Armenia - La Tebaida - La Paila”.
- Sábado 8 de junio: desde las 8:00 a. m. hasta las 3:00 p. m. aplicará para todas las vías a restringir enunp. m.s).
- Domingo 9 de junio: no aplica.
- Lunes festivo 10 de junio: desde las 10:00 a. m. hasta las 11:00 p. m. aplicará para todas las vías a restringir enunciadas en los departamentos de Cundinamarca, Valle, Quindío, Antioquia, Cauca, Atlántico, Tolima, Magdalena, Boyacá, Cesar, Meta, Nariño, Córdoba, y Guajira (ambos sentidos). Mientras que en las vías “Bogotá - Fusagasugá - Melgar - Ibagué” e “Ibagué - Calarcá - Armenia - La Tebaida - La Paila” aplicará en ambos sentidos desde las 8:00 a. m. hasta la hasta la 1:00 del martes 11 de junio. Por último en la vía Bogotá - Villavicencio aplicará de forma total (sin excepciones) en ambos sentidos.

La Superintendencia de Transporte recordó que existen varios canales para atender las peticiones, quejas y reclamos, así como responder las solicitudes de los empresarios y usuarios del sector, a través del correo vur@supertransporte.gov.co, la línea gratuita 018000915615, un chat virtual disponible de lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm en la página web www.supertransporte.gov.co, #767 opción 3 y, Usuario Avisa a través de la línea de WhatsApp 3185946666.
El llamado a los viajeros a tomar transporte desde las terminales
Debido al inicio de la temporada vacaciones, las autoridades se encuentran realizando varias campañas con el fin de promover la seguridad de los viajeros que se trasladaran a varios destinos turísticos del país por vía terrestre. Teniendo en cuenta esto, desde la Terminal de Transporte de Bogotá las autoridades y el personal del lugar realizaron operativos de prevención y dejaron las siguientes recomendaciones:
- Los buses que salen de las terminal cuentan con inspecciones de seguridad (revisión técnico-mecánica) que son exigidas por la Policía de Carreteras.
- Los conductores son sometidos a programas de seguridad vial y medicina preventiva (prueba de alcoholimetría cada vez que realizan un despacho y examen médico de aptitud física).
- Todas las empresas que están habilitadas para prestar el servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera están obligadas a hacer uso de las terminales de transporte para despachar los vehículos y realizar las maniobras de ascenso de los pasajeros, expidiendo el respectivo tiquete.

- Comprar el tiquete en la terminal es vital si piensa viajar por carretera, por que el pasajero queda cubierto mediante una póliza ante cualquier siniestralidad que pueda ocurrir en el trayecto del viaje. Lo anterior en el marco del decreto 2762 de 2001 compilado en el decreto único 1079 de 2015.
- Recuerde que las autoridades de tránsito tienen prohibido el ascenso de pasajeros en las vías públicas de la ciudad para el servicio de transporte intermunicipal.
- Las empresas que sean sorprendidas realizando prácticas ilegales de movilización de pasajeros se verían expuestas a fuertes sanciones. De igual forma, los usuarios, además de perder el dinero del boleto, quedarían desamparados frente a un accidente o emergencia que se presente en la carretera.
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