
El cuarto debate sobre la propuesta de reforma pensional presentada por el Gobierno de Gustavo Petro en la plenaria de la Cámara de Representantes no se llevará a cabo el 10 de junio, como estaba inicialmente planificado. La fecha para el debate fue modificada de nuevo.
La sesión de plenaria estaba prevista para el lunes 10 de junio, pero fue reprogramada por la Cámara de Representantes, estableciéndola para el martes 11 de junio a las 11:00 a.m. Este cambio se realiza considerando que la fecha original coincide con un día festivo en Colombia. La modificación en el cronograma legislativo impactó principalmente en el desarrollo del debate sobre la reforma pensional, por lo que fue designado como el tema prioritario a discutir.
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De esta manera, la reforma pensional avanza hacia su etapa final en el Congreso, pero enfrenta un cronograma ajustado. Tras la aprobación de 95 artículos en apenas tres días (21, 22, y 23 de mayo) el proyecto superó su tercer debate en la Cámara de Representantes; sin embargo, el reloj legislativo marca el límite del 20 de junio para su aprobación final, momento en el que concluye el período legislativo, de lo contrario esta se hundirá.

Así, el proyecto tendrá que someterse al cuarto debate en la Plenaria de la Cámara, donde se determinará su destino, considerando las modificaciones en las fechas de debate. En caso de ser aprobado, será llevado a conciliación con el Senado y, posteriormente, a la sanción presidencial; sin embargo, la oposición planea hacer uso de su derecho a presidir la plenaria en dos ocasiones, lo que podría representar un riesgo para la reforma.
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Además, la existencia de cinco mociones de censura en trámite de la oposición, dirigidas a igual número de ministros, agrega presión al calendario legislativo. Estos debates tienen prioridad sobre el debate de proyectos como la reforma pensional.
Esto fue lo que se aprobó en el penúltimo debate de la reforma pensional
Entre las decisiones tomadas se destaca la aprobación del modelo de cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y ahorro voluntario. Además, se establece que el régimen de prima media, manejado por Colpensiones, deberá complementarse con el de ahorro individual, administrado por las entidades de fondos de pensiones y cesantías.

En cuanto al pilar solidario, se determina la creación de un subsidio para cerca de tres millones de adultos mayores que se encuentran bajo la línea de pobreza, quienes recibirán un auxilio de $223.000. También se aprueba la creación de un fondo de ahorro a cargo del Banco de la República para garantizar el manejo autónomo de los recursos cotizados.
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La reforma mantiene las edades de pensión en 57 años para mujeres y 62 años para hombres. Se elimina el subsidio a las pensiones altas y se establece un régimen de transición de dos años a partir de la vigencia de la norma. Las personas que hayan cotizado 750 semanas las mujeres y 900 los hombres, y que estén a menos de 10 años de pensionarse, podrán escoger el sistema que deseen, excluyéndolas de esta reforma.
Además, se fija un umbral de 2,3 salarios mínimos mensuales de cotización exclusiva para Colpensiones, y a partir de ese punto los aportes a la jubilación pueden destinarse a los fondos privados. Se aprueba la pensión familiar y se incrementan los porcentajes para acceder al reconocimiento de la mesada de jubilación por invalidez.
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Se introdujo la posibilidad de que las mujeres con hijos puedan pensionarse antes, con la suma de 50 semanas de cotización por cada hijo, hasta un máximo de 150 semanas. Respecto a la pensión anticipada de vejez, se establece que las personas que cumplan 62 años si son mujeres, 65 años si son hombres, después de la entrada en vigencia de la ley, y que no reúnan las semanas mínimas para acceder a la pensión de vejez del pilar contributivo, pero que tengan más de 1.000 semanas cotizadas, podrán disfrutar de la prestación anticipada de vejez.
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