
La Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) negó la solicitud de nulidad que interpuso el excomandante de la IV Brigada del Ejército Nacional Mario Montoya, en contra de la imputación en su contra por ‘falsos positivos’ cometidos en Antioquia.
La defensa del general en retiro alegaba vulneración al debido proceso por presuntas fallas en la recolección de pruebas documentales y testimoniales; y, por tanto, aseguró que la imputación de cargos era improcedente.
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Sin embargo, la Sala de Reconocimiento aseguró que: “(...) trasladó todos los informes y menciones que a la fecha del llamamiento del señor Montoya Uribe tenía en su conocimiento y contaba con su digitalización y, por otra, se le garantizó las condiciones necesarias a él y a su abogado para que pudieran revisar el expediente digital y así hacer un correcto ejercicio de su derecho a la defensa”.
Así las cosas, en respuesta a la solicitud de anular los cargos proferidos al exmilitar, la JEP reiteró que este tomó la decisión de no aceptarlos tras la imputación. Por ello, la etapa procesal que sigue es la de juicio, donde el imputado tiene derecho a apelar:
“…si un compareciente tiene reparos de fondo sobre este análisis y pretende controvertir, probatoriamente hablando, la existencia misma del patrón macrocriminal, como base fáctica de las imputaciones, de nuevo, la ruta procesal es el no reconocimiento de responsabilidad, para que pueda exponer sus argumentos en un contexto procesal adversarial. Alternativa que finalmente escogió Montoya Uribe”, señaló la JEP.
La imputación de cargos contra el general (r) Mario Montoya

A finales de agosto de 2023, la JEP imputó a título de autor de crímenes de guerra y de lesa humanidad al general (r) Mario Montoya Uribe, por mentir sobre el número de bajas, encubrir casos de extralimitación del uso de la fuerza, presionar a los miembros de las unidades militares bajo su mando para obtener bajas “en combate”, emplear un lenguaje violento que exaltaba el derramamiento de sangre y ordenar que no se reportaran capturas por considerarlas resultados operacionales indeseados.
La decisión, adoptada por la Sala de Reconocimiento de Verdad y de Responsabilidad, contra el excomandante del Ejército Nacional, se da por 130 asesinatos y desapariciones forzadas cometidos cuando el oficial fue comandante de la IV Brigada, con sede en Medellín, entre el 2002 y el 2003.
A través de un auto emitido en el marco del caso 03, que investiga los ‘falsos positivos’, y el primero que se conoció del subcaso Antioquia, que priorizó el oriente de ese departamento, la JEP documentó que las unidades tácticas pertenecientes a la IV Brigada, bajo el mando de Montoya, asesinaron y desaparecieron forzadamente a personas en 16 municipios, entre ellos San Carlos, San Rafael, Granada y Cocorná.
Así mismo, determinó que el fenómeno criminal se inscribió en la política de la IV Brigada del conteo de cuerpos. Es decir, la imposición de las muertes en combate como único indicador de éxito militar.

Cuando la JEP llamó al general (r) Mario Montoya a reconocer su responsabilidad por estos hechos, este no lo hizo. La Sala determinó que como comandante de la IV Brigada. Montoya mintió sobre la producción de bajas pertenecientes a las Farc y se mostró dispuesto a encubrir posibles casos de extralimitación en el uso de la fuerza.
Un ejemplo de lo anterior que logró esclarecer la JEP, fue la presentación en rueda de prensa como guerrilleros del IX Frente de las Farc a dos niñas y tres jóvenes civiles, que cayeron en una emboscada militar contra un vehículo que conducían dos paramilitares el 9 de marzo de 2002 en San Rafael.
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