
En la mañana del viernes 5 de abril el Congreso de la República dio un paso más para erradicación el acoso sexual en el ámbito laboral con la aprobación en último debate del proyecto de ley 332 de 2022. Con 119 votos a favor y ninguno en contra, el proyecto de ley establece herramientas para enfrentar el acoso sexual en el trabajo y en instituciones educativas del país.
La representante por Cundinamarca Alexandra Vásquez, ponente de la propuesta, destacó que la ley “garantiza una vida libre de violencia sexual dentro del ámbito laboral a partir de la prevención, protección y atención de las víctimas que denuncian casos de acoso sexual en sus trabajos”.
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Además, resaltó que “las víctimas tendrán la posibilidad de trabajar desde su casa y gozar de estabilidad laboral reforzada por lo menos seis meses, periodo durante el cual la denunciante no podrá ser despedida sin autorización de un inspector de trabajo (...) Cuando ocurran estas denuncias, quien deberá probar su inocencia es el investigado por acoso sexual”.
A su vez, la senadora Angélica Lozano, celebró la aprobación de la ley que proporciona “más herramientas a las víctimas de acoso sexual en el trabajo e instituciones educativas”.
Aspectos sobresalientes de la legislación:
- Protección de las víctimas: la ley asegura derechos fundamentales como la intimidad, confidencialidad, acceso a la justicia y protección contra retaliaciones para las personas que han sido víctimas de acoso en el trabajo.
- Responsabilidades claras para los empleadores: se establece la obligación de los empleadores de prevenir, investigar y sancionar el acoso sexual, promoviendo así un ambiente laboral seguro y libre de violencias.
- Medidas preventivas y correctivas: implementando campañas de prevención, protocolos de atención y medidas para garantizar la estabilidad laboral de las víctimas de acoso sexual.
- Ámbito de aplicación amplio: aplicado a todas las víctimas de acoso sexual en el contexto laboral y en instituciones educativas superiores, sin importar la naturaleza de la relación laboral.
- Registro y seguimiento: un registro de quejas y sanciones por acoso sexual, con informes anuales sobre la eficacia de la ley, asegurando así una supervisión efectiva de su implementación.
Con esta noticia, ahora el proyecto de ley pasa a manos del presidente de la República, Gustavo Petro, para su sanción.
¿Qué es acoso sexual laboral?

Este se refiere a cualquier forma de comportamiento no deseado de naturaleza sexual que tenga como objetivo intimidar, humillar o crear un ambiente laboral hostil para la persona afectada. Puede manifestarse de diversas maneras, como comentarios inapropiados, insinuaciones sexuales, solicitudes de favores sexuales, tocamientos no deseados, exhibición de material sexualmente explícito, entre otros.
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Estos comportamientos puede provenir de compañeros de trabajo, supervisores, gerentes u otras personas con autoridad en el lugar de trabajo. Es importante destacar que el acoso sexual laboral es ilegal en muchos países y está prohibido por las leyes laborales y los códigos de conducta empresariales.
Las consecuencias del acoso sexual laboral pueden ser graves para la víctima, incluyendo el estrés emocional, la ansiedad, la depresión y la pérdida de productividad en el trabajo. Además, puede tener repercusiones legales para la empresa y el perpetrador del acoso. Es fundamental que las organizaciones tomen medidas para prevenir y abordar el acoso sexual en el lugar de trabajo mediante políticas claras, capacitación del personal y un proceso efectivo para manejar las denuncias de acoso.
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Canales de denuncia para las víctima de violencia o acoso laboral en Bogotá

Canales de atención y denuncia habilitados en Bogotá:
- Aplicativo móvil: APP ELLAS. Creada por la Red Nacional de Mujeres.
- Línea Púrpura: 01 8000 11 21 37.
- Línea 122: Fiscalía General de la Nación.
- Línea 155: Alta Consejería para la Equidad de la Mujer.
- Ministerio de Trabajo: Bogotá (57-1) 3 77 99 99. Opción 2 y la línea nacional gratuita 01 8000 11 25 18.
También se puede denunciar la conducta de acoso sexual o laboral en los siguientes lugares:
- URI: Unidades de Acción Inmediata de Bogotá.
- S.A.U: Salas de Atención a Usuarios.
- CAIVAS: Centros de Atención a Víctimas de Abuso Sexual. Carrera 33 # 18-33, bloque B - 4 Piso. Oficina de Asignaciones de la Policía Nacional.
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