
De acuerdo con la Registraduría Nacional del Estado Civil, el registro civil es un instrumento que de manera detallada deja constancia de todos los hechos relativos a la identidad, filiación y estado civil de la persona, desde que nace hasta que muere.
Igualmente, por medio de ese documento se inscriben los nacimientos, reconocimientos de hijos, adopciones, matrimonios, separaciones, divorcios, defunciones y declaraciones de presunción de muerte, entre muchos otros acontecimientos que afectan la vida civil de las personas.
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“La existencia del registro es esencial para el reconocimiento de sus derechos y la exigencia de sus deberes a todo colombiano en relación con la sociedad y con su familia”, añadió la entidad nacional.
Cabe resaltar que actualmente la Registraduría cuenta con una serie de alternativas para expedir, solicitar y sacar copias de este documento, como lo es la forma digital. La dependencia precisó que la opción nació con el fin de prestar el servicio de expedición de certificados mediante el empleo de las TIC.
Lo anterior, con base en los artículos 5 y 6 de la Ley 2052 de 2020 y en virtud de lo dispuesto en el artículo 110 del Decreto 1260 de 1970. A partir de eso, los certificados son presentados en sus tres modalidades: nacimiento, matrimonio y defunción.
Para dar validez a la expedición de estos documentos digitales, la Registraduría Nacional del Estado Civil extrae la información de la persona por medio del Sistema de Información de Registro Civil, base de datos producida y administrada por la misma entidad.

Según las tarifas vigentes de 2024, el certificado del estado civil digital tiene un costo de $17.000, ya sea para expedir el de nacimiento, matrimonio y defunción. En cuanto al cómo pagarlo, la dependencia destinó una serie de canales para cancelar la solicitud.
En el portal web de la Registraduría Nacional: www.registraduria.gov.co/, se encuentra la opción de “registro civil en línea’”. Allí se encuentra habilitado el pago en línea (PSE) o consignación (Efecty, SuperGIROS, 472 y Matrix Giros y Servicios SAS).
Tenga presente antes de solicitar el documento digital que los certificados expedidos no contienen el espacio de notas, requerido para algunos trámites especiales como solicitud de apostilla, matrimonio, divorcio.
Para expedir el documento digital, el ciudadano deberá primero acceder al siguiente enlace: rcenlinea.registraduria.gov.co. Posteriormente, tendrá que ingresar al portal web de ‘Certificado en línea’, seguir los pasos para registrarse con sus datos, adentrarse al sistema y expedir el tipo de certificado que requiere y llevar a cabo el pago del documento.
Corrección del registro civil
Por otra parte, además de la expedición de esos registros, la ciudadanía también podrá adelantar otros trámites para corregirlos, suscribirlos, anularlos, cancelarlos o reconstruirlos, de acuerdo con determinadas circunstancias.
En el caso de corrección, se puede realizar de tres maneras, ya sea por medio de una solicitud escrita cuando el registro civil presenta errores ortográficos o mecanográficos; o mediante una escritura pública cuando es por cambio de nombre.

“Las correcciones se efectúan con el fin de ajustar la inscripción a la realidad y no para alterar el estado civil. En aquellos casos donde se altere el estado civil es necesaria orden judicial”, explicó la Registraduría.
Este procedimiento se podrá adelantar en la Registraduría en donde se expidió inicialmente su documento, si no tiene conocimiento de este lugar, podrá acercarse a cualquier ofician de la entidad del país y por medio de una consulta en la base de datos se podrá establecer si se está grabado en el sistema, de ser así se le informará el lugar en donde fue registrado.
No obstante, si el registro civil no se encuentra grabado en las bases de datos de la Registraduría y la persona nació antes de 1938, la partida de bautismo es el documento válido para identificarse, si nació después de ese año y no sabe dónde fue registrado usted debe acercarse a la oficina de la dependencia o la Notaría de su municipio y pedir información del tomo y folio en el que se encuentra su registro civil de nacimiento.
“Para después solicitar ante la Registraduría o la Delegación Departamental que el documento sea grabado en las bases de datos de la Registraduría Nacional” agregó la entidad.
Tenga presente que este procedimiento es únicamente para registro de nacimiento. Para los demás documentos, el ciudadano podrá consultar el siguiente enlace: consultasrc.registraduria.gov.co.
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