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Impuesto vehicular 2024: estos son los carros en Bogotá que tendrán descuentos de hasta el 70%

Gracias al decreto del Gobierno nacional se establecieron los porcentajes del valor que se debe pagar según el avalúo del auto. Conózcalos en esta nota

Gobierno fijó impuesto vehicular para 2024
Los propietarios de vehículos en el país se preparan para efectuar el pago del impuesto vehicular para el 2024 - crédito Jesús Aviles / Infobae
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Propietarios de vehículos en el país se preparan para efectuar el pago del impuesto vehicular para el 2024 y desde la administración de Carlos Fernando Galán se hizo un anuncio que beneficiará a un gran número de capitalinos, según la Alcaldía Mayor quienes paguen a tiempo podrán beneficiarse con algunos descuentos

Tenga en cuenta que los conductores que dejen el trámite para última hora podrán recibir sanciones y cobro de intereses por mora:

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“La sanción por extemporaneidad será del 1,5% por mes o fracción de mes de retardo sobre el valor del impuesto a cargo, sin exceder del 100% del impuesto (...) ninguna sanción puede ser inferior a la sanción mínima aplicable, que, para el año 2024, es de 7 UVT ($329.000) para todos los vehículos automotores”, dice el portal web de la Secretaría de Hacienda.

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Para el caso de quienes paguen dentro de las fechas establecidas podrán recibir beneficios hasta del 70% por lo que es necesario que tome nota.

Para calcular el costo del impuesto, debe tener en cuenta el decreto 2228 del 2023 que dio a conocer el Gobierno nacional, el cual establece los porcentajes del valor que se debe pagar según el avalúo del auto:

  • En el caso de tener un vehículo que cueste aproximadamente $54′057.000, deberá pagan un 1,7%.
  • Autos de más de $54′057.000 y hasta $ 121′625.000 pagarán un 2,7%.
  • Para los conductores que tengan un carro que valga $121′625.000, pagarán un 3,7%.
  • Los automóviles que superen los $121′625.000 tendrán que cancelar un 3,5%.
  • Motos de más de 125 centímetros cúbicos, de todos los avalúos, pagarán un 1,7%.
  • Vehículos públicos, de todos los avalúos, pagarán un 0,7%.

Tenga en cuenta que estos valores están vigentes tanto para los autos nuevos como los usados, y que este reajuste comenzó a regir desde el lunes 1 de enero de 2024, conforme a la norma que firmó el ministro Ricardo Bonilla a finales del 2023.

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Descuentos vigentes para quienes pagan a tiempo

Tenga en cuenta las fechas para hacer efectivo el pago del impuesto vehicular 2023
La Administración en Bogotá anunció una serie de descuentos para cancelar el impuesto vehicular en 2024 - crédito Infobae

En el caso de los conductores que se movilizan Bogotá, el impuesto se debe cancelar máximo hasta el viernes 28 de junio de 2024, si paga antes del 24 de mayo, podrá acceder a un descuento del 10%. Para descargar la factura y pagarla, puede acceder a la página de la Secretaría de Hacienda.

  • Descuento del 40%: para automóviles que son híbridos eléctricos nuevos, que se matriculen en Bogotá, aunque, desde el Distrito se aclaró que esto no aplica para los que son híbridos con gas.
  • Descuento del 60%: este beneficiará a los conductores de carros eléctricos nuevos y particulares que se matriculen en la capital del país en los primeros cinco años de su vehículo.
  • Descuento del 70%: los taxis eléctricos nuevos, que estén matriculados o lo vayan a hacer en Bogotá, este beneficio aplica después de cinco años de registrada la placa, según el impreso.

Los contribuyentes interesados en hacer efectivo este pago al impuesto también cuentan con los bancos autorizados por la cartera de Hacienda con el número de referencia de la factura. Para pagos presenciales, se debe imprimir la factura a láser y cancelarla en bancos o corresponsales bancarios autorizados.

Estos son: Bancolombia, Banco de Bogotá, Banco Popular, Banco de Occidente, Scotiabank Colpatria, Banco GNB Sudameris, Davivienda y AV Villas. También en los corresponsables bancarios; cajas de almacenes Éxito, PagaTodo y Efecty.

Automotores exentos del pago

Según la normativa del Ministerio de Transporte los vehículos que no deben hacer este pago año a año son:

  • Bicicletas, motonetas, y motocicletas con motor hasta de 125 c.c. de cilindraje.
  • Vehículos de transporte público de pasajeros y de carga.
  • Vehículos y maquinaria de uso industrial que, a raíz de sus características, no se ven obligados a transitar por las vías de uso público o privadas abiertas al público.
  • Tractores para trabajo agrícola, trilladoras y demás maquinaria agrícola.
  • Tractores sobre oruga, cargadores, mototrillas, compactadoras, motoniveladoras y maquinaria similar de construcción de vías públicas.

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