Cárcel para cabecilla de las Farc por homicidios en contra de líderes sociales

Alias ‘El Indio Miguel’ es acusado de estar involucrado en el asesinato de al menos cuatro líderes sociales en Puerto Caicedo, Putumayo, durante el 2023

Imagen de referencia. Hombre en la cárcel. Foto: archivo particular
En respuesta a estos actos, la Fiscalía le ha imputado al Indio Miguel los delitos de homicidio agravado, fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones, así como concierto para delinquir - créditos Colprensa
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En las labores judiciales para combatir el delito un disidente de la extinta guerrilla de las Farc fue condenado a prisión por sus crímenes en contra de líderes sociales en el departamento del Putumayo.

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Un juez de control de garantías fue el encargado de dictaminar medida de aseguramiento en establecimiento penitenciario contra Miguel Quichoya Guzmán, conocido en el mundo del hampa como El Indio Miguel, presunto cabecilla de la estructura denominada Comandos de Frontera.

El Indio Miguel es acusado de estar involucrado en el asesinato de al menos cuatro líderes sociales en Puerto Caicedo, Putumayo, durante el 2023. Los cargos se le atribuyen específicamente a partir de las muertes de Diego Jair Orbes y Luis Fernando Malpud, representantes de la Junta de Acción Comunal de la vereda Jerusalén, homicidios ocurridos el 20 de marzo de 2023.

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Otra de las víctimas fue la presidenta de la Junta de Acción Comunal de la vereda Santa Rosa, Yamily Bernal García, atacada en un local comercial en Villagarzón por cuatro hombres armados.

Finalmente, en la investigación se incluye el asesinato de Daniel Andrés Rivas Prieto, líder social y presidente de la Junta de Acción Comunal de la vereda El Coqueto, quien el 13 de noviembre de 2023 fue atacado mientras se desplazaba en motocicleta hacia su residencia, siendo interceptado y baleado por miembros de los ‘Comandos de Frontera’.

Debido al historial delictivo mencionado desde el ente acusador imputaron a Quichoya Guzmán, El Indio, con “homicidio agravado; fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones; y concierto para delinquir”.

En Colombia, la severidad de las penas impuestas por delitos como homicidio agravado, manejo ilegal de armas y concierto para delinquir, se determina según la naturaleza y gravedad específica de cada caso, acorde a lo estipulado por la ley. Para el homicidio agravado, las sanciones son especialmente severas, con penas que varían entre 20 y 50 años de cárcel, dependiendo de elementos como la premeditación y la ventaja en el acto.

En cuanto a delitos relacionados con armas, la legislación prevé penas de 4 a 12 años de prisión, las cuales se ajustan según el rol del individuo (fabricante, traficante o portador) y la cantidad y tipo de armamento implicado. Por otro lado, la penalización por concierto para delinquir oscila entre los 8 y 18 años, y se gradúa en función del propósito y las acciones del grupo delictivo.

Es vital resaltar que estas son penas de carácter indicativo, y será el juez quien determine la sentencia final con base en detalles particulares del delito, antecedentes del acusado y otros criterios agravantes o mitigantes.

Corte Suprema definió que sí se pueden sumar penas

Juez Bucaramanga
Se podrán sumar condenas - créditos Pixabay

La Corte Suprema de Justicia de Colombia ha revisado su postura sobre el cálculo de las penas en los casos de concurso de delitos, es decir, cuando una persona comete varios crímenes en un solo evento. Tradicionalmente, se tomaba como referencia el delito más grave para determinar la pena, sin sumar las penas correspondientes a los delitos adicionales. No obstante, la Corte ha adoptado un nuevo enfoque que permite sumar las penas de los delitos secundarios al delito base, con la condición de que la pena total no exceda el doble de la pena más grave impuesta, en cumplimiento del principio de legalidad.

Este cambio se ilustra en el fallo contra Carlos Alberto Gualdrón Rodríguez, condenado por homicidio consumado y tentado, además de fabricación, tráfico, porte o tenencia ilegal de armas. La suma de las penas individuales para cada crimen resultó en una condena total de 472 meses de prisión, considerada legal bajo la nueva interpretación, ya que no supera el máximo permitido del doble de la pena base por el delito más grave, es decir, 480 meses.

Este ajuste en la jurisprudencia sugiere una mayor flexibilidad en el cálculo de penas para casos de múltiples delitos, siempre respetando el límite máximo establecido por el Código Penal, que generalmente restringe la pena máxima a 20 años, aunque en ciertos casos graves puede extenderse hasta 40 años.

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