
El exsenador Arturo Char Chaljub, capturado por corrupción al sufragante y concierto para delinquir, recibió una decisión favorable para quedar en libertad. El Juzgado Sexto Municipal de Control de Garantías de Santa Marta concedió el habeas corpus que invocó su defensa por vencimiento de términos.
El juez Carlos Humberto Coy Domínguez acogió los argumentos de la defensa de Char Chaljub y determinó que no podía seguir privado de la libertad debido a que se cumplieron 120 días desde la captura del excongresista, sin que se calificara el sumario con el que se tomó esa decisión.
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“SE ORDENA la libertad inmediata del mencionado sin dilación alguna, en razón al vencimiento de términos acaecido para calificación del mérito del sumario en la investigación que se adelanta en su contra por parte de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia”, se lee en la decisión del despacho.

Al tratarse de un habeas corpus, el detenido deberá quedar en libertad inmediata y salir en las próximas horas del Batallón José María Córdoba de Santa Marta donde se encontraba detenido. El juez en su decisión ordenó comunicar especialmente a la unidad militar y al Inpec para que procedan a materializar la decisión.
Sin embargo, se espera que la medida sea apelada, debido a que hay diferencias de conceptos dentro de la Corte Suprema de Justicia que tiene a su cargo el proceso en contra de Char Chaljub, contra quien dictó medida de aseguramiento en septiembre de 2023 por hechos relacionados con el caso de corrupción electoral de la también excongresista Aída Merlano en 2018.
La decisión se habría tomado luego de analizar tres conceptos allegados al Juzgado Sexto Municipal de Santa Marta. Dos a favor, de la Procuraduría y la magistrada Cristina Lombana, y uno en contra del magistrado Marco Antonio Rueda Soto, respecto a la cuenta de los términos para conceder la libertad.
El procurador Mauricio Javier Rodríguez Avendaño emitió un concepto favorable respecto a la solicitud de libertad por vencimiento de términos que presentó el abogado Iván Cancino, defensor de Arturo Char. Según el delegado del Ministerio Público, debía concederse el habeas corpus porque se cumplió el término para decidir su situación judicial.
Es decir que para la Procuraduría habían transcurrido 120 días desde que Char Chaljub fue privado de la libertad, sin que se calificara la investigación que lo llevó a ser detenido. Por tanto, se estaba vulnerando el término razonable de la garantía fundamental al debido proceso.
“Dicha garantía para el Ministerio Público se encuentra afectada, pues efectivamente, mediante auto AEI-0211-2023 del 04 de septiembre de 2023, se definió la situación jurídica del ex senador, imponiendo en su contra medida de aseguramiento consistente en detención preventiva en establecimiento carcelario, y que la misma se materializó desde el día 07 de septiembre de 2023, sin que hasta el momento se haya dispuesto de la calificación de la instrucción, encontrándose vencido el término previsto en el articulo 365 numeral 4, al haber transcurrido más de 120 días desde el 07 de septiembre de 2023, fecha en la que se materializó la aprehensión”, señaló la Procuraduría.

El 15 de diciembre de 2023 se radicó un proyecto de fallo, de la magistrada Cristina Lombana, para que se concediera la libertad de Char Chaljub a partir del 5 de enero. Sin embargo, la sala plena no se reunió sino hasta el 19, último día hábil para el inicio de la vacancia judicial y no se tomó decisión.
Los magistrados terminaron en un empate en la votación. Así las cosas, la defensa decidió solicitar el habeas corpus a partir de esa fecha ante los juzgados de control de garantías que finalmente acogieron los argumentos para permitir que Char Chaljub quede en libertad provisional.
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