
El domingo 29 de octubre los colombianos eligieron el nuevo mapa político del país y en el caso de la ciudad de Tunja, capital boyacense, muchos se llevaron una sorpresa cuando el docente de origen ruso Mikhail Krasnov se consolidó como el vencedor de la jornada gracias al voto de más de 27 mil personas.
Conforme a los datos entregados por la Registraduría Nacional, ganó con el 31,53% de votos. Dejando en segundo lugar al candidato electoral John Ernesto Carrero, quien obtuvo el 21, 67% votos.
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Este hombre cuenta con una amplia hoja de vida educativa que enamoró a los tunjanos, es economista de la Universidad Humboldt de Berlín, Alemania, cuenta con un doctorado en Sociología Económica y Demografía de la Universidad Estatal de Volgogrado, Rusia y con cuatro maestrías en Economía, en Sociología, en Relaciones Internacionales, en Pedagogía.
Y aunque se ha ganado el cariño de la ciudadanía, en sus redes sociales contó que tuvo que acercarse hasta una notaría, pues la ciudadana Deisy Gómez interpuso una acción de tutela en la que afirmara que él no era una persona real y que tenía un chip implantado en su cuerpo:
“Como pretensiones, solicita se ordene a la registraduría Especial de Tunja, verificar la huella dactilar y la cédula de ciudadanía del señor Mikhail Krasnov, en la inscripción para ser candidato a la alcaldía de Tunja”, dice en el documento. Para la ciudadana, si no coincidían la huella y la cédula del alcalde elegido, este debía perder el cargo.
Respuesta de Mikhail Krasnov a la tutela interpuesta
En un video difundido en su cuenta de TikTok @profesorrusoalcalde el alcalde electo comentó.
“Difícil trabajar por Tunja, si cada día debo ir a presentarme ante entes a verificar, por ejemplo, que no soy un holograma”. Añadió: “Yo tengo toda la voluntad de trabajar duro, para que Tunja sea una ciudad prestigiosa y desarrollada, pero el tiempo que gasto en responder este tipo de demandas, debería estar atendiendo y solucionando las múltiples necesidades de los tunjanos”.
En el clip se evidencia cuando el ciudadano de procedencia rusa comprueba que su huella, foto y sus datos concuerdan con la información que tiene y entre risas los funcionarios de la notaría a la que asistió el ahora alcalde confirman su identidad.
El alcalde culminó enviando un breve mensaje a sus contrincantes políticos y afirmó que trabajará hasta su último aliento por la gente de la ciudad.
Otro desafío legal que rodea la elección de alcalde

Juan Sebastián Ramírez García, abogado en ejercicio y ciudadano tunjano, presentó una solicitud al Tribunal Administrativo de Boyacá para declarar nula la elección de Krasnov. Según Ramírez, existen fundamentos legales que invalidarían la elección del actual alcalde.
Para Ramírez la Acción Pública de Nulidad Electoral, se respalda por el artículo 139 del Cpaca. Argumentó que Mikhail Krasnov estaba inhabilitado para ser elegido alcalde, aludiendo a normativas constitucionales, legales y jurisprudenciales como la Constitución Política, la Ley 136 de 1994, la Ley 617 de 2000 y el Acto Legislativo 02 de 2004.
Además, se respalda en precedentes de la Corte Constitucional y el Consejo de Estado que han establecido inhabilidades para aspirar a cargos públicos.
Ramírez mencionó que la elección de Krasnov carece de causales como la expedición irregular, falsa motivación y desviación de atribuciones ya que según su argumento, Krasnov celebró un contrato de prestación de servicios con la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (Uptc) dentro del año anterior a la elección, lo cual lo inhabilitaría según la legislación vigente.

Mikhail Krasnov habría firmado un contrato por $8.129.000 con la UPTC en el mes de diciembre de 2022, menos de un año antes de las elecciones de octubre de 2023. Este tenía como objetivo la prestación de servicios profesionales relacionados con la revisión de documentos y redacción de artículos científicos en inglés y alemán.
Según la legislación, esta acción podría configurar una inhabilidad para Krasnov, ya que el contrato debía ejecutarse en Tunja, el mismo municipio al que aspiraba para ser alcalde.
El análisis legal se enfoca en el numeral 3 del artículo 37 de la Ley 617 de 2000, que modifica el artículo 95 de la Ley 136 de 1994, que establece que cualquier persona que aspire a cargos de elección popular no puede celebrar contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio, especialmente si el contrato debe ejecutarse en el respectivo municipio. Aunque, la fecha de suscripción del contrato con la Uptc podría haber colocado a Krasnov en una situación de inhabilidad.
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