Corte Suprema condenó a dos exgobernadores del Guainía por desfalco al departamento

Óscar Armando Rodríguez y Javier Eliécer Zapata Parrado aceptaron cargos y se comprometieron a devolver más de 14 mil millones de pesos robados

Corte Suprema de Justicia
Los delitos que aceptaron los exfuncionarios se relacionan con la contratación para la construcción de sistemas de acueducto y alcantarillado en diferentes localidades del corregimiento de Barrancominas. Colprensa/Camila Díaz
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La Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó a los exgobernadores del Guainía Óscar Rodríguez y Javier Zapata a 11 y 9 años de prisión respectivamente por los delitos de concierto para delinquir agravado, interés indebido en la celebración de contratos, peculado y cohecho propio, entre otros, por graves irregularidades en la contratación del departamento.

Los exgobernadores Óscar Armando Rodríguez Sánchez; y Javier Eliécer Zapata Parrado llegaron a un preacuerdo y aceptaron su participación en el desfalco a los recursos de ese departamento.

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Los delitos que aceptaron los exfuncionarios se relacionan con la contratación para la construcción de sistemas de acueducto y alcantarillado en diferentes localidades del corregimiento de Barrancominas, municipio de Inírida y, demás, derivados de un contrato de interventoría suscrito para vigilar los anteriores.

Inicialmente, el exgobernador Rodríguez Sánchez creó una diversidad de empresas y las puso a nombre de conocidos y familiares, con el propósito de quedarse con contratos de obras civiles.

En ese caso se cuestionaron seis contratos del año de 2013 por más de 1.300 millones cada uno, aproximadamente. Se probó que Rodríguez concretó los procesos de contratación con cargo a los recursos del plan departamental de aguas, convocó los trámites licitatorios y suscribió los respectivos contratos y autorizó modificaciones a los mismos, dejando inconsistencias en el porcentaje de ejecución de la obra reportado frente al realmente ejecutado.

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Foto: Gobernación del Guainía
La Corte avaló el preacuerdo alcanzado por los exfuncionarios que incluye devolver el 50% del valor de lo apropiado. Foto: Gobernación del Guainía

Además, se evidenció que las irregularidades continuaron una vez se posesionó el nuevo gobernador Javier Zapata, a tal punto que en visita realizada por la Contraloría General de la República, a finales de 2016, se concluyó que ninguno de los cinco acueductos estaba en funcionamiento.

El exgobernador Rodríguez Sánchez reconoció su participación en el delito de concierto para delinquir agravado, 38 casos de interés indebido en la celebración de contratos, 35 hechos de peculado por apropiación y cinco eventos de cohecho propio.

De otra parte, Zapata Parrado aceptó su autoría en el delito de concierto para delinquir agravado, 24 conductas de interés indebido en la celebración de contratos, 15 actos de peculado por apropiación; tres más de cohecho propio; uno de corrupción de sufragante, cuatro de violación del régimen legal o constitucional de inhabilidades e incompatibilidades y uno de fraude procesal.

La Corte avaló el preacuerdo alcanzado por los exfuncionarios que incluye devolver el 50% del valor de lo apropiado. Los condenados deberán entregar exactamente la suma de $14.794′564.100, a través de la transferencia del derecho de dominio de tres inmuebles y la suscripción de seis pagarés.

La entrega de parte de Rodríguez al departamento de Guainía se deberá efectuar bajo la entrega del predio ‘El Paraíso’ ubicado en la vereda Cumaribo por la suma de 6.219 millones de pesos y de tres pagarés por valor cada uno de 1.553 millones de pesos.

Y en el caso de Zapata, se acordó devolver también el 50 por ciento de lo apropiado y de un inmueble rural ubicado en la vereda Tres Matas o La Esmeralda de Puerto Carreño, Vichada, por la suma de 3.838 millones de pesos. Además, de tres pagarés por valor cada uno de 521 millones de pesos.

En la sentencia proferida por el alto tribunal, se indicó que los comportamientos en los que incurrieron los dos exgobernadores fueron catalogados como graves “en tanto se llevaron a cabo con afectación de recursos públicos destinados a la satisfacción de necesidades básicas de una colectividad, de manera específica la prestación del servicio de suministro de agua potable a través de los sistemas de acueducto para beneficiar comunidades indígenas, así como con la coparticipación criminal de varias personas, no sólo de los gobernadores involucrados, sino también de los particulares contratistas e interventores”.

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