
Aunque cada día es más frecuente ver a los perros como un integrante más de la familia, ocupando espacios en medios de transporte o en eltrabajo, pocos imaginarían la escena protagonizada por un rappitendero en Barranquilla.
En las redes sociales circula un vídeo viral de un domiciliario en compañía de su perro, de mediano tamaño, mientras conduce su motocicleta por las calles de La Arenosa. La particular escena fue grabada desde un carro que transitaba en paralelo.
En el material se puede observar al canino ocupando el espacio del parrillero, aunque se desconoce quién es el protagonista de la enternecedora escena, muchos usuarios han comentado la situación.
“Qué creativo. Qué buena publicidad”, fue una de las reacciones de uno de los ocupantes del vehículo, junto a las risas de los autores del video. Sin embargo, ya en redes, otros usuarios cuestionaron la decisión, ya que el animal estaría expuesto a accidentes.
También se cuestionó si la compañía del perro no violaba alguna norma de salubridad, puesto que en la mayoría de los casos los rappitenderos transportan alimentos, que no deberían entrar en contacto con el animal.
Este tipo de escenas, que parecieran responder más al realismo mágico que a un cuadro de costumbres, revelan la importancia que ocupan las mascotas para muchas personas en la actualidad, inventando formas para compartir más tiempo con los seres queridos.
La reforma laboral y los <i>rappitenderos</i>
Sin embargo, este tipo de situaciones en la vida diaria de los colombianos podría cambiar en caso de que sea aprobada la reforma laboral propuesta por el gobierno de Gustavo Petro, pues con la presentación de la ponencia del proyecto en la Cámara de Representantes se conoció con exactitud como cambiarían las condiciones para los trabajadores de plataformas digitales que tienen presencia en Colombia.
Esto está dispuesto en el punto 3.12. del texto, el cual se refiere a plataformas digitales. En el mismo se lee que como finalidad “se dispone la obligación de vincularlos mediante contrato de trabajo con todos los derechos y garantías”. Además, se prohíbe el pacto de exclusividad, transitando hacia la formalización de este tipo de actividades”.
De igual forma, se anota que “para cumplir este fin se estipula un contrato laboral especial que responda a las características del sector”.
Entre las explicaciones del Ministerio del Trabajo para establecer lo anterior se encuentra que el avance de la tecnología de los últimos tiempos llevó a la transformación de las relaciones laborales clásicas y generó nuevas formas de trabajo que imponen retos importantes, tanto a los Estados como a los empleadores y a los empleados. Agrega que uno de estos avances es el desarrollo de las plataformas digitales y las relaciones de trabajo que generan con la evolución.
“Es justamente esta situación fáctica la que nos obliga a tomar decisiones en la materia y es, precisamente, la iniciativa de reformar las relaciones laborales del Gobierno nacional, que propicia el mejor escenario para regular las relaciones que se dan entre los responsables de estas plataformas y los domiciliarios”, señala el ministerio.
De acuerdo con esta cartera, en esta instancia se enfrentan dos visiones. Por un lado, que los repartidores son independientes, es decir, sin subordinación, puesto que la función de las aplicaciones es de una simple intermediación. Frente a esta relación, la cartera argumenta que puede haber concurrencia en el pago de prestaciones sociales y seguridad social. Esta postura es la defendida por las plataformas de reparto.
Por el otro lado, se encuentra la postura de que, en efecto, se tratan de verdaderas relaciones laborales derivados de la subordinación que ejerce la plataforma a través de su algoritmo, entre otras características.
“La postura de la reforma y de la presente ponencia es la de reconocer que existe una relación laboral, que vale la pena regular mediante un contrato especial que permita la protección de estos trabajadores, salvaguardando la generación y permanencia de estos empleos”, dice el texto del proyecto de ley.
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