
Recientemente, la Cámara de Representantes aprobó en el sexto debate el Proyecto de ley que permite crear la jurisdicción agraria y rural, con el fin de que existan jueces especializados en los territorios para que resuelvan de manera pronta las querellas y disputas que existan sobre las tierras en todo el territorio nacional; aún faltan dos discusiones más para que llegue a buen puerto esta reforma constitucional.
“Esta jurisdicción es una vieja reivindicación de los sectores populares de Colombia, particularmente de nuestros campesinos”, señaló al término del debate en la Cámara de Representantes el nuevo minInterior, Luis Fernando Velasco.
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La aprobación del Proyecto de ley se logró con una votación de 105 votos a favor y solo tres en contra. Esta reforma cambiaría los artículos 116, 245, 156, 174 y 238 de la Constitución Política.
La victoria del gobierno Petro fue gracias a que los ponentes de la iniciativa pudieron poner de acuerdo a los partidos independientes y de oposición a la administración nacional actual, como es el caso del Centro Democrático y del partido Cambio Radical.
Por ejemplo, Carolina Arbeláez, representante a la Cámara por el partido Cambio Radical, destacó que esta reforma es necesaria para que los jueces ayuden a dirimir estos conflictos que están las regiones: “Esta reforma se terminó aprobando con los votos de la oposición, esto demuestra que podemos llegar a unos mínimos acuerdos”.
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Gabriel Becerra, representante a la Cámara del Pacto Histórico, y uno de los coordinadores de la iniciativa, manifestó que “la Cámara le ha cumplido al campesinado, le ha cumplido al acuerdo de paz, este es de los proyectos que hemos discutido y ha tenido el respaldo de todos los partidos” y estimó que con esta reforma “estamos empezando a superar para siempre la violencia en el campo a través de la justicia”.
Uno de los partidos que hace poco se anunció como independiente al gobierno Petro, el Conservador, destacó el logro y señaló que “gracias a la concertación que hubo, se le está entregando una herramienta muy significativa al campo colombiano y en especial a los campesinos que requieren soluciones en sus tierras”.
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Fedegán alertó de expropiación de tierras por artículo 61 del Plan Nacional de Desarrollo
En medio de acusaciones de “pupitrazo” y violación del reglamento del Congreso de la República en la aprobación del Plan Nacional de Desarrollo del Gobierno de Gustavo Petro, el presidente ejecutivo de Federación Colombiana de Ganaderos (Fedegán), José Félix Lafaurie, se declaró sorprendido por los términos del artículo 61, que establece los “mecanismos para facilitar y dinamizar los procesos de compra de tierras por oferta voluntaria”.
El dirigente gremial afirmó que las modificaciones sustanciales frente al texto que se conoció hasta la semana anterior, van en contravía de los anuncios del Gobierno nacional de no acudir a la expropiación, sino a la compra por oferta voluntaria, principio que, además, inspira el convenio suscrito entre el Gobierno y el gremio ganadero en octubre de 2022, como parte de la reforma agraria.
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“En el numeral cinco del artículo, principalmente, son varios los elementos que se alejan de esa condición voluntaria y, por el contrario, se acercan a una intención expropiatoria”, precisó el dirigente gremial.
Ante esto, recalcó los siguientes puntos:
- Todos los predios con áreas superiores a dos unidades agrícolas familiares (UAF), serán identificados por el Ministerio de Agricultura y podrán ser priorizados para reforma agraria.
- Si el predio cae en esas prioridades, la Agencia Nacional de Tierras (ANT) le aplicará el procedimiento de compra por oferta voluntaria, lo cual ya es contradictorio, debido a que ese procedimiento solo aplica a quien “voluntariamente” quiera vender.
- Si usted no acepta la “venta voluntaria”, a su predio le harán “análisis de explotación económica” sin que existan criterios objetivos y, por el contrario, un gran sesgo contra la ganadería.
- Si la ANT considera que el predio no está “bajo aprovechamiento económico”, lo requerirán “por una única vez” para que venda, y si se niega, la ANT aplicará los procedimientos agrarios establecidos para alimentar el Fondo Gratuito de Tierras: la extinción judicial de dominio a delincuentes, pero también la extinción administrativa dominio por incumplimiento de la función social y ecológica o la expropiación por motivos de interés social o utilidad pública.
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