
Durante la presentación del Tercer Informe de Seguimiento al Acuerdo Final de Paz entre las extintas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-EP y el Estado colombiano, por parte de la Defensoría del Pueblo, se abordó el tema de la reforma agraria, que tiene como finalidad crear más apoyo para los productores del campo.
Es importante mencionar que el Ministerio de Agricultura ha anunciado la firma de un convenio con la Federación Colombiana de Ganaderos (Fedegán) para la compra de tres millones de hectáreas que se incorporarán al Fondo de Tierras, que no se ha concretado pese a que se ha dicho que existen otros interesados.
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No obstante, la Defensoría del Pueblo considera que se debe unificar el procedimiento para quienes quieran ofertar sus tierras y “tener claro de dónde saldrán los recursos, ya que las cuantiosas destinaciones de recursos deben estar en línea con la racionalidad del gasto”.
Agregado a lo anterior, es necesaria la creación de la figura del juez de tierras, como el funcionario que en la ruralidad, en el territorio, pueda resolver los conflictos asociados a la tenencia u ocupación de la tierra, cuyas decisiones deben efectuarse con enfoque de género.
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El delegado para asuntos agrarios y tierras de la Defensoría Del Pueblo, Carlos Aurelio Merchán Tarazona, aseguró que, “se deben implementar jueces que puedan llegar donde el campesino, es decir, especializado en tierras y con capacidad de atender todas las conflictividades, que evite el escalamiento del conflicto mediante el uso de mecanismos alternativos, entre otros”.
El defensor del Pueblo Carlos Camargo concluyó en su intervención aseverando que “el Congreso de la República, encargado en su sabiduría de garantizar ese compromiso debe evaluar con detenimiento la conveniencia o no de crear un nuevo órgano alejado de esa figura que se busca que atienda en la ruralidad”.
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Corte Agraria colombiana tras la firma de los Acuerdos de La Habana
Tras la firma de los Acuerdos de Paz entre el Gobierno de Juan Manuel Santos y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia se delimitó una Reforma Rural Integral, como un aparato de acceso a la justicia, con elementos complementarios a los tradicionales de la resolución de conflictos sobre el uso y la tenencia de la tierra, como los enfoques territoriales y de género.
También, en el diseño de los Acuerdos de La Habana la Juridicción Agraria era necesaria para dar cumplimiento al compromiso de la conformación de un Fondo de Tierras que posibilitara el reparto de 3 millones de hectáreas a campesinos pobres y la formalización de 7 millones de hectáreas a colonos en terrenos baldíos.
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No obstante, la Juridicción no se creó, lo cual ha acarreado consecuencias, según informe oficial del gobierno al Congreso de la República en 2022 en relación al Fondo de Tierras; se han incorporado casi dos millones de hectáreas que han ingresado a este solo 12 predios con 18.910 hectáreas no presentan ocupaciones previas.
Actualmente los procesos agrarios se adelantan bajo las facultades a la Agencia Nacional de Tierras durante la legislación de los acuerdos y para temas relacionados con el conflicto lo que obliga a contar con la Juridicción Agraria para que conozca la etapa jurídica del procedimiento único en estos procesos.
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Por ello la Corte Constitucional expidió la Sentencia SU-288 de 2022 en la que, corroborando el criterio de que las decisiones jurídicas sobre baldíos pertenecen al derecho público y anexando que existe la obligación de unificar jurisprudencia aspectos constitucionales sobre la recuperación de baldíos.
Progreso de las acciones legislativas en relación a la Corte Agraria
El proyecto de la Juridicción Agraria actualmente se diligencia en el Congreso y se aprobó en primera vuelta en plenaria del Senado en diciembre del 2022, donde se incluye la creación de la Corte Agraria y Rural.
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Dentro del proyecto se reconoce la importancia y la igualdad de género respecto a los derechos de las comunidades campesinas, étnicas, de las víctimas e indígenas las cueles deben tener acceso a la Justicia. En donde el Gobierno nacional debe enlazar el articulado de la Jurisdicción Rural y Agraria con el gobierno de cada uno de los pueblos durante el régimen de transición.
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