
El proyecto de reforma a la salud fue radicado ante el Congreso de la República finalmente el pasado lunes 13 de febrero por la ministra Carolina Corcho, la propuesta que tiene un total de 152 artículos e incluye el polémico apartado en el que se extienden una serie de facultades extraordinarias durante seis meses para el presidente de la República, ya fue desestimando por el Partido Conservador.
Así fue indicado por el senador y vocero de esa colectividad Nicolás Echeverry Alvarán, quién indicó la necesidad de un proceso mucho más largo para poder comprender la serie de reformas drásticas propuestas por el Gobierno Nacional.
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Aunque no fue lo único indicado por el senador Echeverry, el vocero conservador realizó una invitación a los miembros de la bancada en el capitolio a rechazar el proyecto radicado por el Gobierno Nacional.

Otra de las figuras políticas que reaccionó fue la congresista del Centro Democrático María Fernanda Cabal, la polémica representante de la oposición cuestionó la reforma al señalarla como una medida que solamente traerá problemas al sistema médico.
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De igual forma la Procuradora General Margarita Cabello cuestionó el poco tiempo para socializar la reforma y resaltó que: “reformas tan importantes, como la de la salud, ameritan una discusión y un aporte de la ciudadanía porque lo que está en juego es su vida, su dignidad y nada menos que su salud”.
Estas son las seis facultades especiales que tendría Gustavo Petro de aprobarse el proyecto
1. Establecer las disposiciones laborales a fin de garantizar las condiciones dignas de trabajo del personal médico en el país, “con estabilidad y facilidades para incrementar los conocimientos del talento humano en salud, tanto del sector privado como del sector público”. De hecho, este es uno de los puntos clave del texto presentado al Legislativo. El articulado propone que médicas y médicos del país recuperen su autonomía como profesionales y la autorregulación a partir de la evidencia científica y la ética.
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2. El presidente tendrá capacidad para determinar las disposiciones laborales de los trabajadores públicos del sector salud “para garantizar el mérito”. De igual manera, podrá establecer las condiciones de reclutamiento y selección de los directores de las Instituciones Estatales Hospitalarias.
3. Instaurar los mecanismos y procedimientos “aplicables a las actuaciones administrativas y jurisdiccionales a cargo de la Superintendencia Nacional de Salud y el régimen sancionatorio que le corresponda aplicar”.
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4. Modificar o añadir la reglamentación necesaria sobre la salud pública. En ese sentido, uno de los mecanismos centrales que fortalecerá la atención pública será la construcción de los Centros de Atención Primaria —CAP— que no solamente se encargarán de atender pacientes, sino que tendrán la función de organizar los territorios en aproximadamente 25.000 personas. Dichos lugares serán operados por entidades públicas, privadas y mixtas.
5. Otra facultad que tendría el presidente Petro dentro de los seis meses posteriores a la sanción de la reforma es la de constituir las disposiciones que sean reserva de ley para que se garantice un adecuado proceso de transición del Sistema General de Seguridad Social al Sistema de Salud, de acuerdo con lo establecido por la legislación actual y así garantizar —según el proyecto—, “garantizar el derecho fundamental a la salud”.
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6. Por último, el artículo 151 del proyecto de reforma pide que el primer mandatario tenga la potestad para dictar las disposiciones correspondientes a la ejecución de las operaciones presupuestales para fortalecer la Nueva EPS durante el periodo de transición. También establece el hecho de “dictar las disposiciones orgánicas que corresponda para su adecuada operación”.
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