
El año está apunto de acabarse por lo que las festividades decembirnas se acercan, sin embargo, aún queda un días libre para disfrutar antes de la navidad y el año nuevo. Los descansos oficiales son aquellos que permiten celebrar o conmemorar una fecha importante por lo que en la constitución se otorga como fecha absuelta, es decir, no laboral.
Es cierto que a pesar de que estas fechas son obligatorias, hay empresas o trabajos en donde es imposible o difícil no trabajar por un día por lo que se otorgan otros beneficios si se labora. Estos descansos están marcados por la Ley Federal del Trabajo a lo largo del todo el año.
El siguiente puente será por motivo de la celebración del 20 de noviembre, el aniversario de la Revolución Mexicana, y a pesar de que esta fecha cae en domingo, el descanso oficial se llevará a cabo el lunes 21 de noviembre, es decir que se recorre un día.
Para los y las trabajadoras este puente es corto ya que el regreso a las labores será el martes 22. Por otro lado, los estudiantes tendrán un descanso más largo porque el viernes 18 de noviembre lo tomarán como día de descarga administrativa por los directivos, lo que significa que las y los alumnos pasarán 4 días libres.

Para las personas que sí tienen que presentarse a trabajar tendrán una paga mayor, es decir que de acuerdo a lo que equivale una jornada laboral en un dia oficial se deberá pagar al doble según la Ley Federal del Trabajo:
“Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.
Ninguna empresa o patrón podrá pasar por alto lo que dictamina la ley sobre los días oficiales ya que sí el trabajador presenta una queja por incumplimiento de la norma las consecuencias pueden llegar a multas o sanciones.

De acuerdo al artículo 75:
“..... las y los trabajadores y las y los patrones determinarán el número de trabajadores(as) que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá la Junta de Conciliación Permanente o en su defecto la de Conciliación y Arbitraje”
El 20 de noviembre es el penúltimo día obligatorio en el calendario para descansar pues es hasta el 25 de diciembre la última fecha para volver tener un dá libre de forma oficial.
Para los estudiantes el caso es diferente ya que según el calendario escolar de la Secretaría de Educación Pública del periodo 2022-2023 se establece que las vacaciones decembrina empezarán el 16 de diciembre y terminarán el 30 del mismo mes.
Para saber cuáles son las fechas oficiales y sus dias de descanso es posible consultar la página de Gobierno de México.
Los días oficiales de acuerdo a el artículo 74 de la LFT fueron:
I. El 1o. de enero;
II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
IV. El 1o. de mayo
V. El 16 de septiembre
VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
VII. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
VIII. El 25 de diciembre
IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
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