
El Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena) y a la asociación civil Que Siga la Democracia retirar los espectaculares, lonas y adheridos en postes que promueven durante la veda electoral la consulta de Revocación de Mandato, que se llevará a cabo el próximo 10 de abril.
De acuerdo con el INE, la Comisión de Quejas y Denuncias declaró procedentes las medidas cautelares solicitadas por los partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD) y Revolucionario Institucional (PRI) en contra de Morena y de la organización civil por colocar propaganda en espacios públicos de 15 entidades de la República.
Y es que según los partidos denunciantes, el contenido de los espectaculares pretende influir indebidamente al presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) durante el proceso de la Revocación.

Mientras que los funcionarios electorales, en un análisis preliminar, indicaron que si bien la ciudadanía es libre para externar su posición en torno a la consulta y hacer público su apoyo al mandatario federal, deben de estar libres de injerencias, financiamiento público y de intervenciones partidistas o gubernamentales.
Asimismo, de la investigación realizada por el órgano electoral, la propaganda consiste en 278 anuncios espectaculares, 21 elementos de propaganda adherida en equipamiento urbano, 36 bardas y 11 lonas, desplegada en 15 entidades federativas: Aguascalientes, Baja California, Ciudad de México, Colima, Durango, Hidalgo, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, Tamaulipas, Estado de México, Guerrero, Veracruz y Yucatán.
Ante esto, la Comisión de Quejas llegó a la conclusión de que la propaganda no es genuinamente ciudadana, ya que “es resultado de una posible simulación en forma de estrategia a nivel nacional, ajena al derecho de la ciudadanía para participar en el ejercicio, esto es, una campaña orquestada”, manifestó.

Sostuvo, además, que hasta el momento no hay certeza sobre la autoría y los recursos involucrados para la elaboración y difusión de la propaganda, por lo que ordenó a las personas físicas y morales y al Registro Nacional de Proveedores del Instituto que informen todo lo relativo a la contratación de los espacios de publicidad.
Si se comprueba la legalidad de la contratación, el INE señaló que la publicidad puede permanecer, de no ser así, deberá ser retirada bajo las siguientes condiciones:
1. Se da un plazo de 72 horas para retirar propaganda que no se ubique en propiedad privada en 61 municipios.
2. Las personas físicas y morales, así como el Registro Nacional de Proveedores, tienen un plazo de 72 horas para retirar los anuncios espectaculares sobre los que tengan derecho, debiendo presentar al órgano electoral la documentación que acredite la contratación legal del espacio.

3. La asociación civil Que Siga la Democracia tiene un plazo de 24 horas para publicar en su página de internet, de forma visible, el texto:
“El INE ordenó el retiro de propaganda sobre Revocación de Mandato a través de anuncios espectaculares que contenga o incluya el diseño, formato o herramientas que en esta página se pone a disposición para su uso, con excepción de aquella propaganda que tenga soporte en un contrato legalmente válido, en cuyo caso se deberá presentar la documentación correspondiente ante cualquier oficina del INE”.
El proyecto fue aprobado por unanimidad de votos de la consejera Claudia Zavala, Adriana Favela Herrera y Ciro Murayama, justificando que las medidas son para preservar el orden constitucional y legal, así como “los principios de legalidad, certeza imparcialidad y máxima publicidad” durante el proceso de Revocación.
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