Quién es Luis María Aguilar Morales, el ministro que analizará la constitucionalidad de la consulta para enjuiciar a ex presidentes

Desde 1968 ha ocupado un puesto en el Poder Judicial de la Federación y ha sido presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

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El ministro Luis María Aguilar Morales. (Foto: Diego Simón Sánchez/Cuartoscuro)
El ministro Luis María Aguilar Morales. (Foto: Diego Simón Sánchez/Cuartoscuro)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) recibió del Senado de la República la solicitud de consulta popular y la propuesta de pregunta formulada, con la cual se enjuiciaría a los últimos cinco presidente de México, motivadas por el presidente Andrés Manuel López Obrador. Tras este proceso, el encargado de estudiar la petición será el ministro Luis María Aguilar Morales.

De acuerdo con el portal de la SCJN, Luis María Aguilar Morales nació en la Ciudad de México, el 4 de noviembre de 1949. Es licenciado en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), en donde después de titularse fungió como asesor en la Dirección Jurídica.

En octubre de 1968 comenzó a realizar diferentes labores en el Poder Judicial de la Federación y en febrero de 1980, el pleno de la Suprema Corte de Justicia lo designó como Juez de Distrito interino. Para septiembre de 1980 se le designó como Juez de Distrito propietario.

En marzo de 1981 tomó posesión del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, órgano jurisdiccional con competencia relevante en juicios de amparo relativos a la Inconstitucionalidad de Leyes.

El máximo Tribunal decidirá sobre la consulta en los próximos 20 días. (Foto: SCJN/Cuartoscuro)
El máximo Tribunal decidirá sobre la consulta en los próximos 20 días. (Foto: SCJN/Cuartoscuro)

Desde el 16 de diciembre de 1987 se desempeñó como magistrado integrante del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, con residencia en el Distrito Federal, del cual tiene su adscripción hasta la fecha, y en el que ha conocido de juicios de amparo de Inconstitucionalidad de Leyes, asuntos de competencia económica, concesiones de radio y televisión, y materia fiscal federal.

Fue electo como Consejero de la Judicatura Federal el 23 de noviembre del 2004, cargo que desempeñó hasta noviembre de 2009. Durante ese periodo también fue presidente de la Comisión de Carrera Judicial y presidente de la Comisión de Administración del Consejo de la Judicatura Federal.

También fungió como Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal para el periodo de enero 2015 a diciembre 2018.

Tras haber recibido la solicitud de la consulta, el máximo Tribunal del país tendrá 20 días para evaluar su contenido y así definir si la pregunta que busca realizarse es constitucional o no. Cumplido el plazo, tendrá un día más para notificar al Senado acerca de su determinación.

El Senado discutirá el tema si lo aprueba la SCJN, para enviarlo a Diputados. (Foto: Mario Jasso/Cuartoscuro)
El Senado discutirá el tema si lo aprueba la SCJN, para enviarlo a Diputados. (Foto: Mario Jasso/Cuartoscuro)

En este proceso, la SCJN deberá revisar que la pregunta no sea tendenciosa o contenga juicios de valor; emplee lenguaje neutro, sencillo y comprensible, y produzca una respuesta categórica en sentido positivo o negativo. “En su caso, podrá realizar las modificaciones a la pregunta”, indica el artículo 26 de la Ley Federal de Consulta Popular.

Cabe recordar que los cuatro antecedentes que existen desde que la ley se promulgó en 2014 fueron rechazados en la Suprema Corte por amplias mayorías. Ahora, la propuesta de pregunta enviada por López Obrador que menciona a sus cinco antecesores directos en el cargo por nombre y apellidos será revisada por Aguilar Morales, quien presentará el proyecto ante sus compañeros ministros.

Si la SCJN llega a reconocer como constitucional el tema de consulta, la pregunta no será modificada y se notificará al presidente de la Mesa Directiva de la Cámara Alta, con el fin de que la resolución se publique en la Gaceta Parlamentaria, además de que un dictamen de la petición sea aprobado por la mayoría del Congreso en el Senado y la Cámara de Diputados.

Después de ser aprobada por ambas cámara, el Congreso deberá expedir la convocatoria de consulta mediante un decreto y se notificará al INE para su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Si la petición es rechazada por el Congreso de la Unión, la consulta no procederá y el proceso quedará concluido.

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