
Entre el 5 y 9 de mayo, tras la extradición de Dairo Antonio Úsuga David, alias Otoniel, cabecilla del Clan del Golfo, unos 120 municipios de Colombia padecieron el “paro armado”, que impidió que estas comunidades pudieran realizar sus actividades ordinarias, de hecho, la orden era que las personas no salieran de sus casas.
Estas acciones armadas derivaron no solo en temor y zozobra: muchas comunidades se desabastecieron tanto en alimentos, como en recursos como combustibles. Pero, aunque se acabó el paro, muchas comunidades siguen a la sombra de estas incursiones armadas, por lo que día tras día hay reportes de secuestros, homicidios y desplazamientos forzados.
Unas de estas regiones que más padeció el recrudecimiento de la violencia durante el paro fueron las del Urabá antioqueño y del Darién. A través de la Comisión de Vida Justicia y Paz de la Diócesis de Apartadó, organizaciones sociales y líderes publicaron un comunicado que registra lo que se vivió.
Culparon directamente a las Autodefensas Gaitanistas de Colombia o al Clan del Golfo como los responsables de las acciones armadas en estos territorios.
Detallaron que, del 5 al 10 de mayo, a las personas les vulneraron los derechos a la libre movilidad, al trabajo, a la educación, a la compra de alimentos, a los servicios públicos domiciliarios, al esparcimiento, al descanso, a la celebración, a la reunión, al abastecimiento de combustibles, entre otros.
Agregaron que ninguna de las autoridades ni entidades estatales les prestaron auxilio, siendo esto un deber consagrado en la carta magna:
Todo esto motivó a que se eleve la queja, a modo de denuncia “ante la comunidad nacional e internacional”, no solo por los hechos reseñados, sino por los resultados que se derivan de estos delitos, los cuales no se reparan con el “retorno a la normalidad”.
Es por esto que los comunicados solicitaron que se les reconozca como víctimas, amparados en la definición de la Ley 1448 de 2011, (aquellas personas que hayan sufrido un daño por hechos ocurridos a partir del 1° de enero de 1985, como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de Derechos Humanos, ocurridas con ocasión del conflicto armado interno). Por último, exigieron que se les brinden los procesos de atención, en las distintas áreas afectadas, además de lo que se derive del reconocimiento cómo víctimas.
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