
El magistrado ponente Javier Tobo Rodríguez de la sección tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, aprobó la demanda presentada contra la nación, el ministerio de defensa y el Ejército Nacional, por las “graves violaciones de derechos humanos” durante la que se denominó, la “masacre de Trujillo”, donde se registraron asesinatos, desapariciones forzadas, detenciones arbitrarias y allanamientos ilegales; entre los años 1.986 y 1.994, en los municipios de: Trujillo, Bolívar, Riofrío y Andinapolis, jurisdicción del departamento del Valle del Cauca.
Para el tribunal, la “masacre continuada” es considerada como crimen de lesa humanidad, donde se ven involucrados narcotraficantes pertenecientes al Cartel del Norte del Valle, puntualmente a: Diego Montoya, Henry Loaiza Ceballos e Iván Urdinola Grajales, los cuales son acusados de crear un grupo paramilitar; y miembros del Ejército, pertenecientes a la Tercera Brigada del Batallón Palacé de Buga.
Según el Tribunal:
Agrega que los anteriormente señalados habrían colocado fincas, carros, motos, armas y pagaron a personas para que les “colaboraran” en los crímenes, estos serían miembros de la Policía de Trujillo, y soldados del Ejército.
Los hechos que fueron denunciados por los familiares de las víctimas, que se visibilizaron luego del testimonio de un “informante del Ejército”, que además fue miembro de las autodefensas, Daniel Arcila Cardona, que asegura el documento del fallo, fue asesinado por su relato. Los crímenes fueron probados también en las indagatorias de Pablo Emilio Cano Gómez, señalado de ser el autor material de muchos de los homicidios.
sentencia el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que agrega, la intención previa del Estado en reconocer su responsabilidad, en esta masacre.
Por ejemplo, el 31 de enero de 1995, el entonces presidente de Colombia, Ernesto Samper, en medio de un acto oficial reconoció la responsabilidad de estos hechos; además, el 23 de abril de 2016, el entonces ministro de justicia Jorge Eduardo Londoño, les ofreció perdón a las víctimas de esta masacre.
El pronunciamiento expone que la nación reconoce a 11.007 personas como víctimas de la masacre de Trujillo, por lo tanto,
Es por esto que, en consideración de la Sala, por el daño moral, las lesiones irreparables a las personas y bienes; el máximo Tribunal de lo Contencioso Administrativo, ordena que el Estado deberá pagarle 100 salarios mínimos mensuales legales vigentes a quien se considere afectado directo, su conyugue, compañero permanente y parientes de primer grado de consanguinidad; y para los familiares dentro del segundo grado recibirán el 50 %. Pero, en el listado publicado en el fallo, a algunas personas se les reconocerían hasta 200 salarios mínimos mensuales vigentes.
La condena que contempla el pago de más de 3.800 millones de pesos, algunos familiares también serán reparados con más de 10 mil salarios mínimos por los daños morales ocasionados por el Estado, derivados por el asesinato y desaparición de sus seres queridos.
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