Secretaría de Hacienda declara contingencia para el pago del ICA

Conozca cómo, cuándo y los canales para poder realizar el pago

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calculadora pixabay
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Este 11 de noviembre, la Secretaría Distrital de Hacienda declaró el estado de contingencia luego de recibir un informe relacionado con los inconvenientes técnicos generados en el servicio, durante la semana de vencimiento del impuesto de Industria y Comercio (ICA). Esta declaración se ampara en el artículo 579-2 del Estatuto Tributario y en el artículo 3 de la Resolución 33705 del 20 de junio de 2018.

“Producto de los inconvenientes técnicos en la plataforma de la Secretaría Distrital de Hacienda, ocasionados por la alta demanda de los contribuyentes y las intermitencias en el servicio PSE reportado por ACH, se desbordó la capacidad de los sistemas, ocasionando fallas en los procesos para la atención del Impuesto ICA Régimen Común cuarto bimestre 2021″, dice el informe de la Dirección de Informática y Tecnología de la Secretaría de Hacienda.

Por lo anterior, las personas afectadas que no hayan podido cumplir su obligación tendrán plazo para hacerlo mientras dure la contingencia y hasta el día hábil siguiente al restablecimiento total de los servicios informáticos electrónicos, lo cual se comunicará oportunamente en el portal web de la entidad.

La Secretaria Distrital de Hacienda espera estabilizar lo más pronto posible el servicio y lamenta los inconvenientes ocasionados a los contribuyentes y usuarios del sistema.

Estas son las fechas que presentó la Secretaría de Hacienda para el pago:

¿Cómo pagar el impuesto del ICA?

Para poder pagar el impuesto ICA, que se genera por el ejercicio o realización directa o indirecta de cualquier actividad industrial, comercial o de servicios en Bogotá se puede hacer con los siguientes pasos:

-Ingrese a la Oficina Virtual con el usuario y contraseña.

-Seleccione el impuesto de Industria y Comercio o Reteica.

- Seleccione luego “Declarar y pagar en tres pasos”.

-Por último, Diligencie la información en el liquidador. Para este paso es necesario tener a mano el certificado de existencia y representación legal y los estados financieros y/o contables, donde estén registrados los ingresos por las actividades económicas.

- Complete la información solicitada, liquide, presente y pague.

A través de la Oficina Virtual podrá elaborar la declaración y presentarla con firma electrónica o firma digital. Con firma electrónica desde la Oficina Virtual.

¿Qué es la firma digital?

Es un mecanismo administrado por la Secretaría Distrital de Hacienda de certificación abierta, donde la autenticidad de la identidad del firmante está dada por un código digital con certificado emitido por una autoridad certificadora.

Si no tiene certificados de firma digital, podrá liquidar; y generar la declaración a través de la Oficina Virtual con la firma electrónica. Las declaraciones firmadas digitalmente no serán recibidas por ventanilla en los bancos.

¿Dónde pagar el impuesto?

Según la Secretaría de Hacienda, los pagos de ICA y ReteICA desde la Oficina Virtual, por medios electrónicos; a través del Botón Pague Aquí por PSE, con débito o crédito. (Esta opción aplica solo a través de las nueve entidades bancarias que tienen convenio de recaudo)

También puede cumplir con la obligación tributaria en cualquiera de las siguientes entidades bancarias autorizadas: Bancolombia, BBVA Colombia, Banco de Bogotá, Banco GNB Sudameris, Banco Popular, Banco Davivienda, Banco de Occidente, Banco AV Villas o Banco Citibank (Banca corporativa).

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