
El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, objetó totalmente el proyecto de Ley Orgánica de Fomento, Apoyo y Protección a la Lactancia Materna remitido por la Asamblea Nacional. La propuesta aprobada en el Legislativo generó un extenso debate sobre la inclusión de la prohibición de venta de sustitutos de leche materna. La noche del 4 de noviembre, la Presidencia anunció el veto total.
De acuerdo con un comunicado emitido por la Secretaría General de Comunicación de la Presidencia, el Gobierno reconoció la importancia de promover y proteger la lactancia materna como un derecho fundamental que debe ser garantizado e impulsado. Sin embargo, argumentó que el texto del proyecto presentado contenía inconsistencias y contradicciones que afectaban su coherencia interna, su alineación con el marco jurídico ecuatoriano y su concordancia con recomendaciones internacionales.
El núcleo de la controversia radicó en la disposición del proyecto de ley que prohibía la comercialización de sucedáneos de la leche materna sin prescripción médica, una medida que, según los legisladores que promovieron la iniciativa, buscaba proteger la lactancia materna frente a la influencia de campañas publicitarias y prácticas comerciales consideradas engañosas.

Sin embargo, el Ejecutivo argumentó que restringir la libre comercialización de estos productos no era la solución adecuada, ya que podría crear barreras para que las familias accedan a opciones de alimentación infantil en circunstancias en las que la lactancia no sea posible. Según el comunicado oficial, “prohibir la libre comercialización de sucedáneos no es la solución, ya que se crea un obstáculo que pone en riesgo la salud y alimentación de nuestros infantes”. Los sucedáneos de leche materna, según lo aprobado por el congreso, solo se podrían comercializar bajo prescripción médica. Pero esto es algo que podría limitar el acceso de las familias a una alimentación infantil adecuada, como lo ha reiterado el Ejecutivo.
La decisión presidencial fue bien recibida por algunos sectores argumentando que la prohibición absoluta iba a ser contraproducente. El Ejecutivo señaló que los lineamientos propuestos en el proyecto no estaban completamente alineados con estándares internacionales. Aunque la Organización Mundial de la Salud (OMS) y UNICEF han recomendado políticas que regulen la publicidad y comercialización de los sucedáneos de leche materna, estas instituciones también reconocen que dichos productos son necesarios en contextos específicos donde la lactancia no es viable.
La OMS ha indicado: “Las decisiones relativas a la alimentación infantil se deben basar en información imparcial, y es necesario que las madres que deciden no amamantar tengan acceso a una fuente fiable y sostenible de preparaciones para lactantes u otros productos similares a fin de que puedan nutrir siempre a sus hijos adecuadamente. El Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos no restringe la disponibilidad de sucedáneos de la leche materna para las madres que deciden usarlos con conocimiento de causa”.

La propuesta de ley formaba parte de un esfuerzo más amplio por promover la lactancia materna en Ecuador, en línea con los objetivos de desarrollo sostenible y la lucha contra la malnutrición infantil. Actualmente, la tasa de lactancia exclusiva en el país durante los primeros seis meses de vida es del 43%, según datos oficiales.
A nivel internacional, países como Filipinas y Brasil han implementado leyes estrictas para limitar la influencia de las empresas que producen sustitutos de leche materna, buscando proteger los derechos de los recién nacidos a recibir una alimentación adecuada.
El veto total del proyecto de ley aprobado por la Asamblea Nacional obliga a que el proceso legislativo se detenga y que el proyecto no puede convertirse en ley ni pueda ser tratado nuevamente por el congreso. En el contexto político, el veto total suele ser una herramienta para detener iniciativas que el Ejecutivo considera inconvenientes o inconstitucionales.
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